
La Superintendencia de Sociedades declaró a Michael Howard Millar, Enrique Antonio Luna y Julio Luis Caballero controlantes conjuntos de las sociedades Fast Colombia en Liquidación Judicial (Viva Air) y Viva Airlines Perú, con sucursal en Colombia.
De acuerdo con la entidad también se impuso a los controlantes una multa de $142.350.000, lo anterior pues en la investigación administrativa se identificó que el máximo poder de decisión en la estructura corporativa lo tuvieron las referidas personas naturales y no las sociedades intermediarias que se utilizaron.

Aclara la Supersociedades en el caso de Viva Air que si bien el derecho societario permite que los empresarios utilicen diferentes instrumentos para organizar sus actividades mercantiles, es preciso advertir que la revelación como matrices de “vehículos” con patrimonios irrisorios.
Lo anterior siempre y cuando se informe que realmente no tienen el máximo poder decisorio, representa un “grave riesgo para los grupos de interés que interactúan con las entidades subordinadas, por cuanto la supuesta “matriz” no tendría un patrimonio significativo para responder por las eventuales reclamaciones”.

¿Qué más se encontró para el caso de Viva Air?
Dijo la Supersociedades que existe la necesidad de acercar el derecho societario a la realidad y no distanciarlo, “a través de interpretaciones que no corresponden ni a lo que plantea la ley, ni a lo que ocurre en la práctica empresarial. Los investigados y las sociedades vinculadas podrán interponer los recursos de ley contra esta decisión”.
Billy Escobar Pérez, superintendente de Sociedades señaló que “esta decisión es relevante dentro del proceso de liquidación de Fast Colombia (Viva Air), especialmente para los acreedores afectados. No obstante, debe señalarse que las actuaciones administrativas que versan sobre las declaraciones de grupo empresarial, o control, obedecen a una facultad administrativa de esta Entidad y son diferentes a las atribuciones sobre desestimación de la personalidad jurídica que se deben ventilar dentro de un proceso judicial, con la plenitud de las garantías para ejercer el derecho de defensa”.

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Sobre lo que sigue para Viva Ar, aseveró la Superintendencia de Sociedades que seguirá “trabajando por garantizar el pronto y debido trámite de las actuaciones administrativas sometidas a nuestro conocimiento”.