Velo corporativo se levantará en Colombia en casos de corrupción

Esta medida aplicará cuando haya serios indicios de que la acción u omisión de una empresa pueda poner en riesgo recursos públicos.

Iván Duque, presidente de Colombia.

El presidente de Colombia, Iván Duque, sancionó este martes la Ley de Transparencia, Prevención y Lucha Contra la Corrupción, que permitirá que se levante el velo corporativo de compañías en casos de corrupción.

Esta medida aplicará cuando haya serios indicios de que la acción u omisión de una empresa pueda poner en riesgo recursos públicos. Lea más en Noticias Empresariales.

Así mismo, cuando la persona jurídica promueva o se encuentre en estado de insolvencia o liquidación y haya peligro de que no se resarza el patrimonio público afectado.

Y, finalmente, cuando la lesión al patrimonio público o a la afectación de intereses patrimoniales de naturaleza pública, se haya generado por explotación o apropiación de bienes o recursos públicos en beneficio de terceros.

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De otro lado, la ley habilita la venta temprana de bienes afectados con medidas cautelares con fines de comiso, con el objetivo de facilitar su monetización y administración.

Según la Corte Suprema de Justicia, estos son los bienes de una persona penalmente responsable, que fueron adquiridos producto del delito o han sido usados para el mismo.

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Adicionalmente, la ley plantea desarrollar programas de transparencia y ética empresarial de obligatorio cumplimiento para todos los sectores, así como fortalecer proyectos educativos institucionales en los colegios.

Se crea, además, el sistema de detección y alerta temprana para combatir el incremento patrimonial injustificado por parte de servidores públicos y conocer a los beneficiarios finales de los contratos, entre otras.

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Esto último permitirá hacerles seguimiento en detalle a personas o empresas que crean nuevas sociedades para pujar en licitaciones u otros procesos.

Y se sumará al recientemente reglamentado Registro Único de Beneficiarios (RUB) de la Dian.

A través de este mecanismo, se deberán suministrar datos de beneficiarios finales de empresas, incluyendo personas, fiduciantes, fiduciarios o cualquier persona natural que ejerza control o tenga derecho a disponer de los activos, beneficios, resultados o utilidades.

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