Bogotá busca tener una transformación de los pagos por obras de valorización, luego de casi cuatro décadas.
Para esto, la administración de Claudia López radicará ante el Concejo un nuevo Estatuto de Valorización, que pretende modificar las reglas de asignación, cobro y administración de este impuesto.
La nueva norma cambiaría el Acuerdo 7 de 1987, que actualmente rige los pagos por valorización en Bogotá y que está vigente desde hace 36 años, de acuerdo con el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU).
¿Cómo será la transformación de pagos por valorización en Bogotá?
La transformación va desde los requisitos en diseños y autorizaciones por parte de las empresas de servicios públicos, antes de ser presentados para aprobación, hasta la forma de recaudar el tributo.
E, incluso, se plantea que los pagos por valorización tengan un esquema para devoluciones y descuentos para los contribuyentes.
Así las cosas, explica el IDU, los pagos por valorización en Bogotá ya no se cobrarían antes de que las obras sean construidas.
En su lugar, estos se realizarían durante su desarrollo, siempre y cuando el porcentaje de ejecución física sea de mínimo el 50 %, debidamente certificado por el interventor, o después de terminada toda la construcción y se cuente con el acta de recibo de obra.
Esto también aplicaría para los procesos de cobro persuasivo y coactivo a contribuyentes que presenten mora y solo podrían iniciarse en los momentos antes mencionados.
Obras más rápidas en Bogotá
Según el IDU, la transformación de los pagos por valorización en Bogotá se reflejaría en que los contribuyentes verían más rápido los efectos de estas iniciativas en su predio.
“A diferencia del estatuto anterior, un contribuyente hacía el pago hasta cinco años antes, lo que se traduce en que solo hasta que se finalizara podría verse reflejado esto en la valorización a su predio”, dijo la entidad.
Esta realidad cambiaría con el proyecto de acuerdo que presentará el Distrito durante la jornada de este martes, 1 de agosto.
De otro lado, en materia de planeación, el IDU explicó que todos los proyectos deben contar con estudios y diseños definitivos debidamente aprobados.
Esto incluye las autorizaciones de las empresas de servicios públicos para aquellos que lo requieran, antes de ser presentados ante el Concejo de Bogotá para su aprobación.
Además, las obras deben estar expresamente contenidas en los Planes de Desarrollo Distrital o Plan de Ordenamiento Territorial y los recursos en el marco fiscal de la administración vigente del momento.
Descuentos y devoluciones para el pago de valorización
La transformación de los pagos por valorización en Bogotá también incluirá un descuento para las contribuciones de aquellos predios de comercio que estén localizados directamente en los frentes de obra.
El descuento podrá ser hasta de 10 % y estas deducciones podrán acumularse con descuentos por pronto pago.
A esto se sumaría que habría devoluciones de recursos no ejecutados en la etapa de construcción, ya sea porque se declare la caducidad de alguna obra y/o se registre una terminación anormal.
“Sería a través del IDU o por medio de la Secretaría Distrital de Hacienda que podrá aplicar un descuento en el impuesto predial a favor de los contribuyentes”, explicó el Distrito.
En todo caso, la palabra final la tendrán los concejales de Bogotá, incluyendo a los nuevos que sean elegidos en octubre de este año y que tomará posesión en 2024.