En Colombia, es común que las parejas vivan en unión libre antes de casarse o lo hagan permanentemente por diversos motivos, por lo que la Ley los ha acogido para protección de bienes y finanzas.
La unión marital de hecho (unión libre) involucra permanente convivencia en pareja por años, además de otros requisitos que se deben cumplir para ser reconocidos bajo este concepto.
Cuando la pareja decide separarse, a diferencia de un matrimonio legal, pueden optar por hacerlo de manera amistosa o mediante un proceso legal, según el portal Abogados en Familia.
Si ambos están de acuerdo pueden llegar a un acuerdo sobre los términos de la separación, y llegar a una separación de facto sin la intervención de los tribunales.
Sin embargo, en la mayoría de los casos, la separación puede volverse más complicada y es necesaria la intervención legal. Una de las partes puede solicitar ante un juez la disolución de la unión marital de hecho y la liquidación de los bienes adquiridos durante la convivencia.
Pues si se fueron a vivir juntos y compraron, por ejemplo, casa, muebles, nevera, lavadora, carros, entre otros, estos son considerados bienes comunes.
Pero, para poder disputar legalmente por ellos debe demostrar que convivió con esa persona durante al menos dos años o tener un hijo.
¿Entonces cómo queda la distribución de bienes?
Como lo indica el Ministerio de Justicia, primero la pareja debe declarar que entre ellos existe una “sociedad patrimonial” ante un notario, ante un Centro de Conciliación Oficial o ante un juez.
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La disolución y liquidación de la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes se prescriben en un año, a partir de la separación física y definitiva de los compañeros, del matrimonio con terceros o de la muerte de uno o ambos compañeros.
Siendo así, los bienes deberán ser divididos equitativamente entre ambas partes, a menos que existan capitulaciones sobre el patrimonio o una cláusula en un contrato de convivencia.
Por otro lado, deben considerar las obligaciones financieras que asumirá cada uno y la custodia de los hijos, al igual que la cuota alimentaria para los mismos.