El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó en un fallo la suspensión a la reglamentación del fracking en Colombia ordenada por el Consejo de Estado y estableció nuevas condiciones para la realización de los pilotos que se planea desarrollar en el país.
Es así como requiere al Ministerio de Minas y Energía que dentro de la reglamentación para los proyectos pilotos integrales de investigación se tomen en cuenta varias medidas orientadas a la protección de los acuíferos subterráneos.
Además de la protección de aguas subterráneas y superficiales, el fallo ordenó establecer una relación de oferta y demanda hídrica de las actividades agropecuarias, domésticas e industriales en las áreas de influencia de los proyectos en donde se proteja el caudal ecológico de las fuentes hídricas.
También requiere al Ministerio realizar un estudio que demuestre la distancia adecuada entre las zonas de realización de la actividad y las viviendas y determinar la no afectación química de los elementos usados en el compuesto de fractura y su inocuidad a la salud humana, en particular la no afectación como disruptores endocrinos que generen algún tipo de complicación en la gestación.
Cabe señalar que, durante el mes anterior, el Gobierno publicó para comentarios el proyecto de decreto para el desarrollo de los proyectos pilotos de fracking en Colombia en la página web del Ministerio de Minas y Energía.
Los ‘Proyectos Piloto de Investigación Integral’ son procesos integrales de investigación técnica y científica, de carácter temporal, que buscan recopilar información social, ambiental, operacional y del potencial de gas y petróleo bajo la técnica de fracturamiento hidráulico multietapa con perforación horizontal.
(Con información de El Heraldo)
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