Los trabajadores por prestación de servicios en Colombia verán una serie de modificaciones en caso de que se apruebe la propuesta de reforma laboral del gobierno Petro.
De acuerdo con el documento, se podrían dar varias reglamentaciones que limitarían el uso de este tipo de contratos a manos de las empresas.
Dijo en su momento la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, que los trabajadores por prestación de servicios en Colombia deberán ver la garantía sobre sus derechos laborales, además de la recuperación de los que se pudieron perder los últimos 30 años.
Con esto de base, se buscará que la prestación por servicios garantice los derechos salariales y no salariales sobre los cuales deberían funcionar los códigos de regulación al contrato de trabajo.
Otros cambios clave para los trabajadores por prestación de servicios en Colombia
Vale tener presente que las modificaciones que propone la reforma laboral deben todavía ser avaladas por el Congreso de la República, pendiente también de que, eventualmente, se ponga en marcha dentro del sistema de mercado laboral nacional.
Agrega la propuesta que los trabajadores por prestación de servicios en Colombia, y los empleadores, no podrán celebrar contratos con personas naturales para realizar actividades permanentes y subordinadas en empresas privadas.
“Por tanto, será ineficaz cualquier vinculación que desconozca esta prohibición, entendiendo para todos los efectos legales que desde un comienzo ha existido una relación laboral con el derecho al pago de los salarios, prestaciones y demás beneficios legales o extralegales, así como los aportes al sistema de seguridad social en los términos establecidos por la ley para cualquier trabajador o trabajadora subordinada”, dice la reforma.
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En caso de que en el ámbito judicial se declare la primacía de la relación laboral para los trabajadores por prestación de servicios en Colombia “deberá pagarse la indemnización moratoria establecida en el artículo 65 de este estatuto”.