Teatros y museos de Bogotá gozarán de exención de impuesto predial a partir del 2024

El Concejo de Bogotá aprobó el proyecto de exención del impuesto predial para teatros y museos, conozca cómo puede aplicar al beneficio.

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Clubes deportivos de Bogotá pagarán más impuestos mientras que teatros y museos estarán exentos. Cortesía: Alcaldía de Bogotá

El Concejo de Bogotá aprobó el proyecto que amplía la exención del predial para teatros y museos, y aumenta las tarifas del impuesto a los clubes campestres, sociales, deportivos y recreativos.

El acuerdo establece en primera instancia una exención del 100 % en el impuesto predial, para inmuebles donde se realicen espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionen museos, a partir de 2024 y hasta 2030, sean o no Bienes de Interés Cultural (BIC).

La alcaldesa Claudia López expresó su agradecimiento por la decisión: “mil gracias al Concejo de Bogotá por este amplio respaldo a dos iniciativas que logran gran justicia social y tributaria para la cultura y la ciudad: que los teatros y museos paguen menos y la cultura sea más asequible a toda la ciudadanía, y, en cambio, los clubes sociales paguen más”, aseguró la alcaldesa.

En el debate también estuvieron presentes los secretarios de Gobierno, Felipe Jiménez, y de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez, quienes impulsaron las iniciativas que finalmente tuvieron luz verde en el cabildo.

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“La exención del 100% al predial de los teatros y museos de la ciudad, era una deuda pendiente con el sector cultural. Seguidamente, se aprobó impuesto predial progresivo para los clubes de la ciudad, un incremento que permite a Bogotá cada año recibir $70.000 millones adicionales», afirmó Felipe Jiménez, secretario de Gobierno.

¿Cómo aplicar al beneficio de exención de impuestos?

Para obtener la exención, los requisitos que deben cumplir los teatros incluyen la declaración y pago oportunos del impuesto.

De igual forma, en el caso de los bienes de interés cultural, los museos deben hacer parte del listado que reporta el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural. Para esos bienes, las condiciones incluyen que el predio debe destinarse a la realización de espectáculos públicos de las artes escénicas o funcionar principalmente como museo.

Para ser elegible, el sujeto que realiza la actividad debe estar registrado como productor permanente en el registro del Ministerio de Cultura, y la propiedad del inmueble debe pertenecer al productor permanente, al museo, al representante legal o a algún miembro de la junta directiva de la organización que acredita el registro de las artes escénicas a partir del 1 de enero de cada año fiscal.

De igual forma, la norma exige la presentación de la declaración dentro de los plazos establecidos por la Secretaría Distrital de Hacienda para poder hacerse acreedores de la exención quienes aspiren a estar cobijados por ella.

Impuesto a teatros y museos

Más impuestos para los clubes

Por otro lado, el Concejo aprobó el incremento progresivo en la tarifa del impuesto predial para los inmuebles de uso dotacional, propiedad de particulares, destinados a clubes campestres, sociales, deportivos y/o recreativos.

El acuerdo aplica a estos inmuebles el principio de progresividad tributaria en la tarifa del impuesto, de tal manera que el incremento tarifario es progresivo entre los años 2024 y 2028, y la tarifa depende del avalúo del predio.

“El impacto fiscal de esta propuesta, en lo que tiene que ver con el aumento en la tarifa para estos inmuebles, sumará un recaudo adicional por $73.839 millones para el período comprendido entre el 2024 y el 2033”, puntualizó el secretario Distrital de Hacienda, Juan Mauricio Ramírez.

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