La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por más de $7.000 millones contra seis compañías y diez personas naturales por implementar y participar en un sistema restrictivo de la competencia en el mercado de subproductos del sacrificio animal en Caldas.
De acuerdo la SIC, la Comercializadora Internacional y Procesadora de Subproductos para Animales (Prosan), en liquidación, celebró contratos con varias de sus competidoras, las cuales se comprometieron a no participar en el mercado de adquisición de subproductos del sacrificio animal en vario municipios de Caldas.
Por medio de estos acuerdos, los competidores recibieron una contraprestación por abstenerse en el mercado y, además, se obligaron a adquirir los subproductos exclusiva o principalmente de Prosan.
Además, la SIC encontró que Prosan aprovechó el control competitivo indirecto que ejercía sobre la Central de Sacrificio de Manizales (Frigocentro), como mecanismo de presión para la suscripción y ejecución de los acuerdos, por parte de sus competidores.
Las competidoras con las que se firmaron estos contratos para restringir la competencia son: Salvador Giraldo López Sucesores (Surtipiel), Agropecuaria San Fernando (Agrosan), hoy Sanimax y Charry Trading.
Prácticas anticompetitivas evolucionaron a otras compañías, según la SIC
La entidad regulatoria dijo que, tras la decisión de Prosan de entrar en liquidación, fue sustituida por Cercaldas en su participación en este sistema anticompetitivo.
“A pesar de tratarse de personas jurídicas diferentes, la SIC evidenció que Cercaldas simplemente reemplazó en sus actividades a Prosan, conservando su misma estructura directiva, así como sus relaciones con las otras personas investigadas”, dijo la SuperIndustria en un comunicado.
Como consecuencia de la implementación de este sistema anticompetitivo, Prosan creó un eslabón de ‘distribución’ que le permitió concentrar de manera ilegal la compra de subproductos a los productores, generando una monopolización para su posterior reventa o distribución, y eliminando la competencia en este mercado.
La entidad reiteró el carácter restrictivo que tiene cualquier tipo de acuerdo que tenga por objeto principal que un agente se abstenga de competir y concurrir en el mercado, reconociendo que la reducción de competidores priva a los consumidores de una mayor posibilidad de elección, así como de eventuales menores precios o productos de mejor calidad.