En la presente semana, los ciudadanos con las cédulas terminadas entre 47 y 56 les vence el plazo para declarar renta en Colombia.
Las personas naturales que deben declarar renta en Colombia tienen un último día hábil para cumplir con esta obligación ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian). Vea más en Finanzas Personales.
Cabe recordar que esos vencimientos se dan con los últimos dos dígitos del Número de Identificación Tributaria (NIT) del contribuyente, que para el caso de las personas naturales, corresponde a los últimos dos números de la cédula de ciudadanía.
Los vencimientos de esta semana entre el 13 y el 17 de septiembre son:
- Septiembre 13: 47 y 48
- Septiembre 14: 49 y 50
- Septiembre 15: 51 y 52
- Septiembre 16: 53 y 54
- Septiembre 17: 55 y 56
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Condiciones para declarar renta
Las personas contribuyentes que tienen su residencia fiscal en Colombia deben declarar renta si en 2020 superaron los siguientes topes:
- El nivel de ingresos: si recibió durante 2020 ingresos superiores a $49’850.000, que corresponden a 1.400 UVT (Incluidos los generados por criptoactivos).
- Patrimonio bruto: si la suma de los bienes y derechos apreciables en dinero, sin tener en cuenta las deudas que tiene, supera los 160.232.000 pesos, correspondiente a 4.500 UVT.
- El valor de las compras y consumos: si ha tenido consumos con tarjeta crédito superiores a $49’850.000, correspondiente a 1.400 UVT.
- Depósitos bancarios e inversiones: si ha tenido depósitos en cuentas bancarias en Colombia superiores a $49’850.000, correspondiente a 1.400 UVT.
- Consignaciones: si ha tenido consignaciones bancarias superiores a $49’850.000, correspondiente a 1.400 UVT.