El Senado de Colombia aprobó en último debate el proyecto de ley que reglamenta el trabajo en casa, modalidad que surgió por la pandemia y que llevó a que una parte de los trabajadores en el país cambiaran sus lugares de trabajo en las oficinas por sus casas. Para más información de empresas y trabajo haga clic aquí.
Como muchos otros cambios que trajo consigo la emergencia sanitaria, este giro no estaba contemplado en el sistema laboral colombiano ya que no existían leyes, normas o alguna otra reglamentación que trazara los lineamientos para el trabajo desde casa. Es por esta razón que el Gobierno Nacional radicó un proyecto de ley, con mensaje de urgencia, para buscar una pronta regulación para esta forma de trabajo.
Estas son algunos de los aspectos relevantes del proyecto de ley “por el cual se regula el trabajo en casa” que destacó el Ministerio de Trabajo:
-El proyecto pasará a conciliación con la Cámara de Representantes y luego a sanción presidencial. Vale anotar que ‘trabajo en casa’ aprobado en las últimas horas, no es lo mismo que teletrabajo, pues esta modalidad ya está regulada por leyes anteriores.
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-El trabajo en casa es una medida excepcional y temporal para preservar el empleo en medio de la pandemia por la Covid-19.
-Derecho a la desconexión laboral: todo empleado que ejerza sus funciones bajo la modalidad de trabajo en casa tiene derecho a que se le respeten los horarios de trabajo pactados en el contrato inicial. En ese orden de ideas, la jornada máxima de trabajo será de ocho horas diarias y 48 horas a la semana.
-Además, las horas extra no podrán superar las dos horas diarias ni las 12 horas semanales. Asimismo, el trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
-Los empleadores deben promover las pausas activas.
-Se debe respetar la vida personal y los descansos a los que tiene derecho el trabajador.
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–Deberá haber un auxilio a la conectividad digital, este es uno de los beneficios que se reglamentó en el proyecto de ley sobre trabajo en casa para aquellas personas que ganan hasta dos salarios mínimos y reciben el auxilio de transporte bajo la modalidad de trabajo presencial.
-De esta forma, los $106.454 del auxilio de transporte, deben ser destinados por el empleador para para cubrir gastos de conectividad del trabajador que esté trabajando desde casa.
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