En Colombia, un porcentaje significativo de la población vive en arriendo. Según un informe reciente del DANE, aproximadamente el 40,3 % de los hogares del país se encuentra en esta condición.
Este contexto genera expectativas sobre el incremento en el canon de arrendamiento, regulado por la Ley 820 de 2003, que establece que dicho aumento debe basarse en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del año anterior, en este caso, el correspondiente a 2024.
¿Cuándo se conocerá el aumento del arriendo?
El dato del IPC, fundamental para calcular el incremento del arriendo, generalmente se publica el quinto día hábil de cada año. Para 2025, el DANE informará esta cifra el próximo jueves 9 de enero después de las 5:00 p.m. Una vez divulgado, los arrendadores e inmobiliarios podrán aplicar los ajustes correspondientes al canon de arrendamiento, siempre y cuando se cumplan con las condiciones necesarias para realizarlo.
Actualmente, las proyecciones estiman que el IPC cerrará en 5,3 %, lo que se traduciría en un aumento proporcional en los valores de llegada.
El incremento final dependerá del canon actual de cada arrendatario. Por ejemplo, si una persona paga $1.500.000 mensualmente, con un IPC del 5,3 %, el aumento sería de $79.500, para un total de $1.579.500 al mes.
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Es importante destacar que el aumento del canon de arrendamiento solo puede aplicarse una vez que el contrato de arriendo cumpla un año de vigencia, ya sea con el arrendador o la inmobiliaria. Además, el ajuste no puede exceder el IPC establecido, ya que hacerlo podría derivar en sanciones legales para el arrendador.
Este marco normativo busca garantizar transparencia y equidad en las relaciones contractuales, protegiendo tanto a los arrendadores como a los arrendatarios.