Reforma tributaria Colombia: ¿Cómo quedan impuestos por la explotación de petróleo y carbón?

El gobierno del presidente Gustavo Petro ya radicó la ponencia para debates finales de la reforma tributaria en el marco de las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de Colombia.

Precios del petróleo Brent y WTI
Precios del petróleo Brent y WTI continúan cayendo en la primera semana de mayi. Imagen Pixabay.

El gobierno del presidente Gustavo Petro ya radicó la ponencia para debates finales de la reforma tributaria en el marco de las plenarias de la Cámara de Representantes y el Senado de Colombia. El documento, como se advirtió en las recientes semanas, trae cambios consensuados.

Uno de los puntos más relevantes en el marco de la construcción de esta ponencia de reforma tributaria tiene que ver con la propuesta definitiva sobre lo que se pretende imponer por la explotación del subsuelo en el país para empresas petroleras y de carbón.

Con esto de base, la nueva ponencia de la reforma tributaria, en este punto, que sigue siendo el de mayor peso por recaudo (cerca de $9 billones de los $20 billones) en el marco de toda la iniciativa, ha sido objeto de numerosas críticas.

Así quedan las tarifas para la explotación de carbón en reforma tributaria

La sobretasa en la renta no tendrá puntos adicionales siempre y cuando, dice el proyecto de reforma tributaria, el precio promedio del respectivo año gravable se encuentre por debajo del percentil 45 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses (10 años), sin incluir el precio de los meses transcurridos en el año de la declaración.

Ahora, habrá una sobretasa de 5 puntos cuando el precio promedio del respectivo se encuentre entre el percentil 45 y 60 de los precios promedio mensuales de los últimos 10 años, de nuevo: sin incluir el precio de los meses transcurridos en el año de la declaración.

Y, finalmente, habrá una adición de 10 puntos cuando el precio promedio del respectivo año gravable ose encuentre por encima del percentil 60 de los precios promedio mensuales.

Así quedan las tarifas para la explotación de petróleo en reforma tributaria

Para el caso de las empresas que se encargan de la producción de petróleo en suelo colombiano, no habrá puntos adicionales a la renta si el precio promedio del respectivo año gravable objeto de declaración se encuentre por debajo del percentil 30 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses (10 años), sin incluir el precio de los meses transcurridos en el año de la declaración.

En cambio, habrá una sobretasa de 5 puntos cuando el precio promedio se encuentre entre el percentil 30 y 45 de los precios promedio mensuales de los últimos 120 meses. Para cuando ese percentil se encuentre entre 45 y entre el percentil 60 de los precios promedio mensuales, habrá una adición de 10 puntos a la renta.

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Finalmente, para el caso del petróleo hay una adición de 15 puntos cuando el precio promedio del respectivo año gravable objeto de declaración se encuentre por encima del percentil 60 de los precios promedio mensuales.

De momento, se espera que los debates finales en plenarias del Senado y la Cámara de Representantes inicien este miércoles 2 de noviembre. Este martes 1 de noviembre el presidente Gustavo Petro se va a reunir con los ponentes para terminar de ultimar detalles de cara a las discusiones.

Encuentre aquí la ponencia para debates finales de la reforma tributaria.

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