La reforma a la salud del gobierno Petro pretende modificar y reglamentar varios aspectos clave del sistema de atención del país, incluyendo lo que pasaría con los trabajadores del segmento, entre los que están médicos, especialistas y de más personal.
Una de las críticas recurrentes del Gobierno al sistema vigente tiene en cuenta el hecho de que la contratación de algunos profesionales de la salud no estaría siguiendo los requerimientos legales.
Con esto de base, empieza por explicar este apartado de la reforma a la salud del gobierno Petro que se podrán celebrar contratos de trabajo a término fijo por un término, siempre y cuando no sean estos mayores a cuatro años y deberá celebrarse por escrito.
“Cuando el contrato de trabajo a término fijo no cumpla las condiciones y requisitos previamente mencionados, se entenderá celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral. El contrato a término fijo no podrá renovarse indefinidamente, sin embargo, podrán considerarse los siguientes tipos de prórrogas: Prórroga pactada”, dice la reforma a la salud en Colombia.
Más cambios clave en los contratos para médicos y personal con reforma a la salud del gobierno Petro
Aclara el proyecto de ley que, cuando el contrato de trabajo se celebre por un término inferior a un año, las partes podrán prorrogarlo el número de veces que estimen conveniente; sin embargo, después de la tercera prórroga, el contrato no podrá́ renovarse por un periodo inferior a un año.
“En ningún caso podrá superarse el término máximo de cuatro (4) años previsto en este artículo. Prórroga automática. Si con treinta (30) días de antelación al vencimiento del plazo pactado o su prórroga, ninguna de las partes manifestare su intención de terminar el contrato, éste se entenderá renovado por un término igual al inicialmente pactado o al de su prórroga, según sea el caso, sin que pueda superarse el límite máximo de cuatro (4) años”, complementa la reforma a la salud en Colombia.
Aclara el proyecto que esta misma regla aplicará a los contratos celebrados por un término inferior a un año, haciendo la salvedad de que la cuarta prórroga automática se dará por un año.
De otro lado, la reforma a la salud del gobierno Petro propone que se puedan celebrar contratos de trabajo por el tiempo que dure la realización de una obra o labor determinada.
“El contrato de trabajo por la duración de obra o labor determinada deberá celebrarse por escrito y en él deberá indicarse, de forma precisa y detallada, la obra o labor contratada que se requiere atender”, complementa el articulado.
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Finalmente, dice la reforma a la salud del gobierno Petro, cuando no se cumplan las condiciones señaladas en el presente artículo, o cuando una vez finalice la obra o labor contratada, “el trabajador continúe prestando sus servicios, el contrato se entenderá́ celebrado a término indefinido desde el inicio de la relación laboral, a menos que se trate de una nueva y diferente obra o labor, caso en el que se podrá continuar el contrato adicionando por escrito el acuerdo en el que se especifique la nueva obra o labor”.