El viernes 14 de junio fue aprobada en la Cámara de Representantes la reforma pensional del Gobierno Petro con una votación de 86 por el sí y 32 por el no.
Ante la noticia diversos trabajadores colombianos que cotizan mes a mes en el fondo de su preferencia tienen dudas como qué pasará con sus ahorros, a donde irán si a Colpensiones o a un fondo privado, entre otras.
El umbral de cotización tendrá un cambio, ya que los primeros 2,3 salarios de todo empleado se irán a Colpensiones, pero, si su salario es superior a los $3 millones, ese dinero adicional de los 2,3 sueldos mínimos irá a un fondo privado, el de su elección.
Al documento solo le falta la sanción presidencial para empezar a regir en julio de 2025 y cambiar el sistema que le permite jubilarse en Colombia.
¿Pero qué es la sanción presidencial que le falta a la reforma pensional?
La sanción en este caso quiere decir ratificación ya que la rama ejecutiva también lo estudia, y si está de acuerdo lo sanciona y lo promulga para que el país entero conozca la nueva ley y la cumpla, como lo explica la Cámara de Representantes.
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Es decir, es una etapa del procedimiento de formación de las leyes relacionado exclusivamente con el ámbito de su validez, excluyéndose su incidencia en la configuración normativa y en la determinación de la voluntad legislativa.
La jurisprudencia constitucional ha previsto que, aunque el presidente ejerce un importante rol en la formación de las leyes, entra la sanción presidencial en la medida en que puede objetar los proyectos aprobados por el Congreso, bien por motivos de inconstitucionalidad o por razones de inconveniencia.
¿Y por qué la Corte Constitucional puede hundir este documento?
Cabe recordar que la Corte Constitucional es la entidad judicial encargada de velar por la integridad y la democracia de la Constitución, por ello, si halla fallas en el documento desde la fecha a julio de 2025, puede pedir que se le hagan modificaciones, hundirla o su aplicación se difiere.
Por ello, ciudadanos de la oposición consideran que esta es su única opción después de que la Cámara diera aval al documento que había aprobado el Senado sin alguna modificación.