Las reformas del presidente Gustavo Petro siguen bajo la lupa para ser aprobadas o no en el Congreso durante los próximos días. Aunque diversos sectores se han opuesto a los documentos, unas serán presentadas y otras analizadas.
Especialmente la reforma laboral, que fue entregada al Congreso de la República el 16 de marzo, busca mejorar las condiciones de empleados en el país al reconocer sus horas de esfuerzo extra y nocturnas, entre otras.
Estos días circuló en redes sociales un trino en el cual se asegura que Petro con esta reforma pretende ayudar a trabajadores migrantes abriendo las fronteras y dándoles beneficios especiales.
Particularmente se refiere a los migrantes venezolanos quienes “les quitarían el empleo a miles de colombianos” recibiendo mensualmente de $400.000 a $500.000”.
El tweet lo escribió el usuario @guilloenbogota, quien se identifica como PhD (doctor en Filosofía) en Finanzas, con un tono xenofóbico, por lo que ColombiaCheck se encargó de revisar la veracidad de la información.
¿Qué halló ColombiaCheck de falso o verdadero en el trino?
Se debe empezar por la primera parte la cual se refiere a la reducción de la jornada laboral de 48 a 40 horas semanales. El artículo 17 de la reforma laboral de Petro plantea reducirlas, efectivamente, pero de manera gradual hasta el 2026 para llegar a un máximo de 42 horas a la semana.
Además, la Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código sustantivo del Trabajo (CST) referente a la jornada laboral dictando que la duración máxima semanal de labores será de 42 horas distribuidas en un acuerdo entre empleador y trabajador.
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Desde el 15 de julio de este año todas las empresas deben empezar la reducción de la jornada con una hora hasta el 14 de julio de 2024, y si un empleado trabaja más de 47 horas a la semana se le deben reconocer las horas extra.
Por lo que esa primera afirmación de ‘Guillo’ es falsa, ahora pasaremos a hablar de la población migrante en Colombia y su panorama laboral.
Condiciones laborales para migrantes con la reforma
La reforma laboral de Gustavo Petro y su gabinete, en el artículo 34 se refiere a este grupo poblacional y señala que el “estatus migratorio no será impedimento para la exigencia de las garantías laborales y de seguridad social”.
Es decir, sin importar de dónde provenga, si cumple con toda la documentación requerida para poder ejercer una labor y experiencia certificada, podrá acceder a empleos y derechos que busca la reforma.
Actualmente el Ministerio de Relaciones Exteriores establece que con una visa de migrante, residente o turista puede aplicar a vacantes y trabajar durante el tiempo que su documento lo establezca.
Juan Camilo Ovalles, director de la Clínica Jurídica sobre Migraciones de la Universidad Cooperativa de Colombia le aclaró a ColombiaCheck que, aunque en el país no existe una ley que exprese de manera explícita que se prohíbe la contratación de un migrante irregular, lo que existen son normas que mencionan los documentos o los requisitos que deben cumplir los trabajadores extranjeros para ser contratados.
“Dentro de esos requisitos están la obtención de un documento de regularización migratoria, de ahí se entiende que un migrante con estatus irregular no puede trabajar de manera formal en el país”, puntualizó.
Además, los migrantes venezolanos pueden acudir al Permiso por Protección Temporal (PPT), el último documento de regularización de Migración Colombia, para ejercer el derecho al trabajo en el territorio nacional.
Finalmente, el trino habla de las fronteras las cuales no son mencionadas en el documento presentado al Congreso, y cuando Petro se posicionó como presidente de Colombia normalizó el tránsito entre las fronteras del país y Venezuela.