Mediante un comunicado publicado en su cuenta de X, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor, informó sobre la imposición de una sanción a la sociedad Construir Comundo S.A.S., actualmente en liquidación.
La entidad precisó que la multa, por un valor de $130.842.548, obedece a diversas infracciones que vulneraron los derechos de los consumidores.
Tras una investigación, la SIC determinó que la empresa incurrió en prácticas irregulares en la prestación de servicios financieros a través de las aplicaciones Popcash, Eastbay y 360 Crédito. Entre las fallas identificadas, se señalaron las siguientes:
- Difusión de información ambigua, engañosa e imprecisa sobre los plazos de pago de los créditos otorgados.
- Omisión de detalles claros sobre los cobros asociados al uso de las aplicaciones Popcash y Eastbay, así como falta de transparencia en la fijación de estos valores.
- Deficiencias en los procesos de cobranza y desembolso de los créditos, en perjuicio de los usuarios.
- Inclusión de cláusulas abusivas en los términos y condiciones de uso de las aplicaciones, afectando los derechos de los consumidores.
- Incumplimiento de normativas sobre comercio electrónico, al no habilitar mecanismos adecuados para la radicación de peticiones, quejas o reclamos, ni proporcionar un enlace visible y accesible para contactar a la Superintendencia.
- Desacato a órdenes impartidas por la autoridad de vigilancia y control.
La sanción tuvo su origen en trece denuncias presentadas por usuarios de los servicios de crédito vinculados a las mencionadas aplicaciones. También se fundamentó en la declaración juramentada de una de las afectadas y en inspecciones realizadas por el Grupo de Trabajo de Informática Forense y Seguridad Digital de la Superintendencia.
Según la SIC, las decisiones adoptadas buscan garantizar la transparencia y equidad en las operaciones de crédito ofrecidas a través de plataformas digitales. Asimismo, refuerzan la obligación de suministrar información clara y veraz sobre las condiciones financieras, exigen mayor rigor en los procesos de cobranza y desembolso para evitar prácticas abusivas y promueven la eliminación de cláusulas contractuales perjudiciales para los consumidores.
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Finalmente, la entidad recordó que, conforme a la normativa vigente, contra la resolución sancionatoria procede la interposición del recurso de reposición ante la directora de Investigaciones de Protección al Consumidor y el recurso de apelación ante la Superintendente delegada para la Protección del Consumidor. Estos mecanismos garantizan el debido proceso y la posibilidad de revisión de la decisión adoptada.