Las medidas adoptadas por el presidente Gustavo Petro, que incluyen la declaratoria del estado de conmoción interior y emergencia económica, ha generado controversia tanto a nivel político como económico.
Según el mandatario, esta medida se da en respuesta a la grave situación de orden público en el Catatumbo, donde se han registrado cerca de 100 muertes.
Eso sí, se trata de la primera vez que un jefe de Estado usa los dos mecanismos al tiempo, generando nuevas dudas en medio de expertos políticos y jurídicos.
Facultades del presidente bajo estado de conmoción interior
Con la declaratoria de conmoción interior, el presidente Petro obtiene facultades extraordinarias que le permiten emitir decretos legislativos con fuerza de ley para hacer frente a la crisis. Estas medidas pueden suspender leyes incompatibles con la situación, pero deben ser estrictamente necesarias y proporcionales a la gravedad de los hechos.
Según el artículo 213, la declaratoria puede tener una duración inicial de hasta 90 días, prorrogables por dos periodos iguales.
En todo caso, la última prórroga requiere aprobación previa del Senado de la República y no podrán suspenderse los derechos humanos ni las libertades fundamentales.
¿Qué implica el estado de emergencia económica?
Simultáneamente, Petro declaró el estado de emergencia económica, respaldado por el artículo 215 de la Constitución. Este mecanismo le permite a Petro adoptar medidas excepcionales frente a situaciones que alteren gravemente el orden económico o social.
Entre las facultades está emitir decretos con fuerza de ley por periodos de 30 días, que no pueden exceder un total de 90 días en un año calendario.
Además, los decretos deben estar relacionados específicamente con la crisis y no pueden afectar los derechos sociales de los trabajadores. Sumado a lo anterior, el Congreso tiene la facultad de evaluar y derogar estas medidas en un plazo improrrogable de 30 días.
Controles y revisión constitucional
Ambos estados de excepción están sujetos a estrictos controles legales. El Congreso se reunirá por derecho propio dentro de los tres días siguientes a la declaratoria del estado de conmoción para recibir un informe del presidente sobre las razones de la medida. Esto solo se dará cuando se conozca el decreto oficial expedido por el gabinete ministerial y el primer mandatario.
Como si eso fuera poco, la Corte Constitucional también evaluará de manera inmediata la validez de la declaratoria y los decretos expedidos, para decidir si es o no constitucionalidad.
Cabe mencionar que el estado de conmoción interior podría extenderse hasta por 270 días (aproximadamente ocho meses y medio) si se cumplen las condiciones para sus prórrogas. El estado de emergencia económica, por su parte, tiene un límite máximo de 90 días al año.
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