La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) a través de las resoluciones 1360 de 2025 y 1377 de 2025 emitió órdenes administrativas dirigidas a Logística Flash Colombia S.A.S. y Colombia Móvil S.A. ESP (Flash Mobile y Tigo) debido a una situación que podría afectar los derechos de los usuarios ante la desconexión provisional de Flash Mobile.
Como consecuencia del no pago de dos periodos consecutivos por parte de Flash Mobile a Tigo, este último anunció a la SuperIndustria de Colombia que realizaría una «desconexión provisional» de sus redes a Flash Mobile a partir de las 00:00 horas del 28 de enero de 2025.
Así las cosas, luego de haber realizado una evaluación preliminar de los elementos presentados, la Dirección de Investigaciones de Protección a Usuarios de Servicios de Comunicaciones identificó que -ante la inminencia de la desconexión- se podrían ver vulnerados los derechos de los usuarios de Flash Mobile a recibir los servicios contratados, así como a la información y a la libre elección de operador.
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Por las razones expuestas, la Dirección expidió las siguientes órdenes administrativas:
Órdenes emitidas a Flash Mobile:
- Cumplimiento del deber de información. Flash Mobile debe comunicar a sus usuarios, antes de las 15:00 horas del 27 de enero de 2025, sobre la desconexión programada por Tigo, las implicaciones de esta medida y la opción de portar su número a otro operador antes del 16 de febrero de 2025.
- Atención permanente de canales de atención. La compañía también debe asegurar la disponibilidad de sus canales de atención para gestionar solicitudes de portabilidad, peticiones, quejas y reclamos (PQR), y devoluciones de saldos.
Órdenes emitidas a TIGO:
- Aplazamiento de la desconexión. Tigo debe aplazar la desconexión de Flash Mobile hasta las 00:00 horas del 1 de febrero de 2025.
- Extensión del servicio de SMS. Tigo debe garantizar el acceso al servicio de SMS para los usuarios de Flash Mobile por un período adicional de 15 días calendario a partir de la fecha de desconexión; es decir, hasta el 16 de febrero de 2025.
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“En las resoluciones anunciadas, la Dirección advirtió a los operadores que la medida puede ser objeto de extensión, si se evidencia que el plazo establecido no es suficiente y se prevé una posible afectación a los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones”, indicó la SIC.