Piden a MinAmbiente de Colombia no declarar zona de reserva en Soto Norte

Según el gobernador de Santander, la cartera incumplió el compromiso pactado de realizar mesas técnicas de análisis y discusión sobre la zona de reserva.

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MinAmbiente, Susana Muhamad. Foto: Presidencia

En una carta el gobernador de Santander, Juvenal Díaz Mateus, le solicitó a la ministra de Ambiente de Colombia, Susana Muhamad, suspender la expedición de la resolución que pretende imponer una zona de reserva en siete municipios del departamento.

Esto dado que la evaluación técnica y legal hecha por la administración indicaría que se trata de una restricción ambiental que incumple el derecho constitucional a la participación. “Es ilegal, no se ha concertado, trasgrede la Constitución, y llevaría a la quiebra económica a más de 35 mil santandereanos”, señaló el gobernador.

«Le pido que suspenda y revise muy bien esa decisión, pues de concretarse va usted a transgredir innumerables normas constitucionales y legales, y a producir un daño irreparable a los municipios”, indicó el funcionario en la carta enviada a la ministra, en la que, además, señala que, de aprobarse esta nueva reserva temporal, se afectará el 98 % del territorio de California, Vetas, Suratá, Matanza, Charta y Tona, municipios mineros y agrícolas.

Según Díaz Mateus, el Ministerio de Ambiente incumplió el compromiso pactado con la Gobernación, y solicitados por la Procuraduría General de la Nación, de realizar mesas técnicas de análisis y discusión sobre la zona de reserva, con la participación de las autoridades ambientales del departamento y la Nación, comunidades y organizaciones sociales, antes de formular y expedir una resolución de zona de reserva.

Sobre la eventual violación al derecho de participación ciudadana, el gobernador afirmó que, en una sola semana, y de forma apresurada, se hicieron una serie de reuniones en los seis municipios de la provincia con muy baja asistencia de la comunidad de base.

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“No sobra advertir que a la luz de las normas internacionales, de la Constitución y de la ley, la participación ciudadana en materia ambiental hoy tiene una dimensión distinta y no puede ser materializada con la simple divulgación de un proyecto normativo que ha sido construido unilateralmente por la autoridad nacional y que consigna una decisión ya tomada sobre la cual no han tenido ninguna incidencia los entes territoriales y las comunidades de base que van a resultar afectados con la decisión”, advirtió Díaz.  

En el documento, el mandatario departamental también expuso los efectos nocivos que causaría para la sostenibilidad socioeconómica y la autonomía de los territorios.

Además, el gobernador cuestionó como “extraño” que el proyecto de resolución hable de una restricción para proteger el macizo de Santurbán, cuando las determinaciones que se están tomando cobijan solamente a seis de los 40 municipios que tienen incidencia en el páramo, y hoy la Ley ya impide cualquier tipo de minería dentro de ese ecosistema.

“Dicha imprecisión no es menor y debe ser corregida porque con ella se induce al error de creer que esta es una medida para la protección del páramo de Santurbán, cuando todos sabemos claramente que no es así y ustedes abiertamente lo han reconocido”, concluye Díaz Mateus.

Se extiende consulta pública para enviar aportes al proyecto de resolución de zona de reserva temporal en Santurbán

El Ministerio de Ambiente informó que, acogiendo las propuestas realizadas por las comunidades de Santander, se extendió el plazo de la consulta ciudadana hasta el próximo viernes 14 de febrero de 2025.

Esto con el fin de recibir aportes adicionales al proyecto de resolución que define la Zona de Reserva de Recursos Naturales Renovables de carácter temporal en el Macizo de Santurbán.

Entre diciembre y febrero, según el Ministerio, se adelantaron 13 diálogos presenciales con actores del territorio y reuniones virtuales.

“En este tiempo, los interesados en la norma han podido conocer los documentos de soporte de la iniciativa normativa, que son de público acceso desde el momento de su anuncio, de igual manera en las reuniones tuvieron la oportunidad de conversar directamente con los funcionarios del Gobierno Nacional para resolver sus inquietudes y exponer casos específicos a ser considerados en la medida final”, señaló la cartera.

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Principales puntos tratados en los diálogos

Los diferentes encuentros con las comunidades, de acuerdo con el Ministerio de Ambiente, permitieron divulgar los puntos de vista del Gobierno Nacional como que:

  • La reserva no afectará el desarrollo de los procesos de formalización de pequeños mineros tradicionales del territorio que adelantan sus actividades en áreas libres y tampoco afectará a los titulares mineros que cuentan con sus permisos minero y ambiental al día”.

  • “Hay varios pequeños mineros tradicionales del territorio que no han logrado estar en total legalidad por ausencia de algún instrumento ambiental o minero y no se ven recogidos en los documentos de soporte de la medida”.

  • “No tendrá efecto en la actividad agropecuaria, ni sobre el turismo, el desarrollo vial o el desarrollo de infraestructura, entre otras actividades, pues la medida es solo para el ordenamiento minero ambiental”.

  • “La reserva no tendrá ningún efecto en el desarrollo de los procesos de actualización de los esquemas o planes de ordenamiento territorial, pues no es una determinante ambiental definitiva”.

  • “No afectará el desarrollo de trámites de permisos o licencias ambientales en temas que no sean de minería”.

  • No afectará la seguridad jurídica de los predios ni los procesos de formalización de la tierra. En este sentido, la reserva no será registrada en los certificados de libertad y tradición, no afectará por tanto la titularidad ni las opciones de venta o compra de predios o inmuebles. Tampoco podrá ser usada para la expropiación o para especular con el valor de la tierra”.

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Finalmente, es importante señalar que una vez se cierre la consulta pública en la nueva fecha anunciada, se realizará el análisis de todos los aportes recibidos, determinando la viabilidad de su incorporación al proyecto normativo, producto de lo cual se expedirá la medida ambiental.

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