Personas que viven en conjuntos reciben advertencia por trámite que deben hacer para evitar multa

Este trámite es fundamental si quiere evitar pagar una costosa multa en el conjunto o edificio donde vive.

Los cambios que proponen en conjuntos para beneficio de residentes
Trámite que deben hacer personas en conjuntos para evitar multas. Foto: Mónica Rueda suministro de scj.gov.co

La asamblea de copropietarios es una reunión que suele realizarse anualmente en conjuntos y edificios residenciales con el objetivo de tomar decisiones clave dentro de la propiedad horizontal.

Aunque estas reuniones suelen ser extensas, resultan necesarias, ya que en ellas se aprueban los estados financieros y los presupuestos del conjunto o edificio. Además, permiten reformar el reglamento, cambiar el consejo de administración, entre otras decisiones relevantes.

Generalmente, estas reuniones se llevan a cabo en marzo, lo que convierte las semanas previas en un período crucial para los propietarios de apartamentos. La asistencia es obligatoria, por lo que es fundamental adelantar el debido proceso en caso de no poder asistir a la asamblea.

Para ello, el propietario debe elaborar un documento denominado otorgamiento de poder. A través de este, se autoriza a otra persona para que asista en su representación, con derecho a voz y voto. De esta manera, si un propietario tiene su apartamento en arriendo, podrá delegar su representación en el arrendatario, siempre que lo notifique por escrito y que el reglamento interno del conjunto no lo prohíba.

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Multas en conjuntos deben imponerlas consejo de administración
Multas en conjuntos deben imponerlas consejo de administración. Foto: Suministro galaxiaseguridad.net

En estas reuniones, los propietarios pueden participar en la toma de decisiones que beneficien a la comunidad. Se discuten temas como el aumento de las cuotas de administración y la elección del administrador del conjunto, entre otros asuntos de interés colectivo.

Multa por inasistencia a la asamblea de copropietarios

Si un propietario no presenta el documento de representación ni asiste personalmente a la asamblea, podrá incurrir en una falta y ser sancionado económicamente.

Según lo estipulado en la Ley 675 de 2001, los conjuntos residenciales pueden establecer sanciones por inasistencias, siempre que estas estén contempladas en el reglamento interno.

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Las sanciones deben ser aprobadas en una asamblea previa y no pueden superar el valor de una cuota de administración. Su aplicación busca fomentar la participación de los copropietarios y garantizar que las decisiones adoptadas reflejen el interés de la mayoría, en beneficio de todos los residentes de la unidad residencial.

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