Por una ventada aprobada en la reforma pensional, quienes busquen pensionarse en Colpensiones, sin importar la edad que se tenga, podrán hacer el traslado desde un fondo privado.
Este cambio tiene foco en las personas que, estando a menos de 10 años de cumplir la edad de retiro, quieren tener la oportunidad de recibir la mesada a través del fondo público.
Pensionarse en Colpensiones va a ser posible para estas personas atendiendo algunas demandas que daban cuenta del no uso, a tiempo, de la doble asesoría a manos de los cotizantes.
Todavía con el beneficio, los interesados en hacer el traslado deberán cumplir con una serie de requisitos para poder hacer un eventual recálculo de la mesada a recibir a manos del jubilado.
Según dijo en su momento el gobierno del presidente Gustavo Petro, las modificaciones a esta venta de traslados era un beneficio pendiente para los trabajadores, iniciativa que incluso se había presentado por medio de leyes independientes que fueron archivadas por el Congreso.
¿Qué requisitos hay para trasladarse y pensionarse en Colpensiones?
Lo más importante, dice la norma, es que los aportantes lleven a cabo el proceso de doble asesoría y certificar los procesos tanto en Colpensiones como en el fondo privado seleccionado.
- Las mujeres deberán haber cotizado al menos 750 semanas. Los hombres deben tener un mínimo de 900 semanas
- Tener menos de 10 años para tener la edad de pensión
- No haber recibido aún la pensión, devolución de saldos o indemnización sustitutiva que entrega el actual sistema
Hay que recordar que, con los cambios aprobados por el Congreso, pensionarse en Colpensiones va a ser una realidad para todos los aportantes del sistema.
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Lo anterior sobre la base de que, primero, todos los trabajadores harán aportes al fondo público y aquellos que estén en privados, al final de la vida laboral, recibirán la mesada a manos de Colpensiones.