Algunas obligaciones y sanciones impone el nuevo sistema de jubilaciones en el país a quienes no lleven a cabo los aportes a pensión en Colombia, con foco en aquellos trabajadores que son reconocidos por desempeñar labores por cuenta propia.
Las modificaciones al sistema de jubilaciones empiezan a aplicar en el país desde julio de este año pendiente de nuevas reglamentaciones, pero también las demandas a la reforma aprobada.
Dice entonces la nueva norma que la responsabilidad sobre la cotización de la pensión en Colombia queda en manos de los trabajadores independientes, a pesar de que en algunos casos estos empleados verán descuentos directamente en los pagos que les efectúen por contrato firmado.
Explica la norma que el trabajador independiente es el responsable de su propio pago. Los aportes podrán ser realizados por terceros a favor del afiliado sin que tal hecho implique por sí solo la existencia de una relación laboral.
Lo anterior sin que se entiendan habilitadas formas de contratación prohibidas expresamente por la ley.
Más controles sobre la pensión en Colombia
Así mismo, para verificar los aportes a pensión en Colombia, podrán efectuarse cruces con la información de las autoridades tributarias y, así mismo, solicitar otras informaciones reservadas, pero en todo caso dicha información no podrá utilizarse para otros fines.
“Las cotizaciones que no se consignen dentro de los plazos señalados para el efecto, generarán un interés moratorio a cargo del(la) empleador(a), contratante o contratista, igual al que rige para el impuesto sobre la renta y complementarios”, dice la reforma.
En caso de omisión en la afiliación se generará cálculo actuarial, sentencia la nueva norma. Al tiempo que el Gobierno nacional reglamentará la forma de realizar el cobro de los aportes dejados de realizar en la oportunidad por parte del(la) empleador(a), contratante o contratista.
“Estos intereses se abonarán proporcionalmente al fondo de reparto del Componente de Prima Media o en la cuenta individual del Componente Complementario de Ahorro Individual, según corresponda”, agrega sobre la no cotización de la pensión en Colombia.
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Finalmente, los ordenadores de gasto de las entidades del sector público que sin justa causa no dispongan “la consignación oportuna de las cotizaciones, incurrirán en causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al régimen disciplinario vigente”.