Desde julio del 2025 cambiará el sistema de jubilaciones en el país. Las condiciones, sin embargo, se mantendrán intactas para cotizar a pensión en Colombia en algunos casos.
Hay que recordar que, en medio de la reforma avalada por el Congreso, se propuso que el nuevo sistema no afectara las condiciones que traían algunos trabajadores en el país, entendiendo también que se reconocen como derechos ya adquiridos.
Las reglas vigentes para cotizar a pensión en Colombia se mantienen para quienes llevan un importante trayecto de su vida laboral, por lo que sus aportes seguirán en los fondos en los que se encuentren inscritos, ya sea uno privado o Colpensiones.
Con esto de base, la reforma pensional no aplicará para quienes cuenten con 750 semanas cotizadas para el caso de las mujeres y 900 semanas cotizadas para el caso de los hombres.
A estos ciudadanos se les continuará aplicando en su totalidad la Ley 100 de 1993 “y las normas que la modifiquen, deroguen o sustituyan”, asegura el documento.
¿Por qué no cambian las normas para cotizar a pensión en Colombia para algunos trabajadores?
Para este grupo de trabajadores, se mantiene entonces el pago de la pensión a manos del fondo privado, en caso de que se esté inscrito a alguno, o de Colpensiones cuando sea este el fondo al que se hacen los respectivos aportes.
Según la reforma, en caso de que no se logre “adjudicar el seguro previsional para la población de afiliados beneficiaria del régimen de transición, el Gobierno Nacional establecerá otros mecanismos de aseguramiento para el pago de la suma necesaria para financiar las pensiones de invalidez y sobrevivientes del régimen de ahorro individual con solidaridad incluyendo coberturas por riesgo jurídico”.
Si bien no cambian los mecanismos para cotizar a pensión en Colombia, los trabajadores que siguen bajo el régimen actual tendrán la oportunidad de hacer el traslado entre fondos.
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Para las mujeres, el cambio puede hacerse si tiene 750 semanas o más y tiene más de 47 años. Para el caso de los hombres aplica si se tiene 900 semanas o más cotizadas y ser mayor de 52 años.