Recuerdan el gobierno Petro y los fondos privados en el país que se acaba el tiempo para que las personas elijan su nueva administradora de pensión en Colombia. El cambio, hay que tener presente, no es para todos los aportantes al sistema.
De acuerdo con la reforma pensional avalada por el Congreso, quienes ganen al mes más de 2,3 salarios mínimos, la parte que exceda ese límite deberá cotizarse en una de las administradoras privadas.
El plazo final para hacer este importante cambio en la cotización de la pensión en Colombia es el próximo 15 de enero, dice un reciente decreto reglamentario emitido por el Gobierno.
En caso de que las personas no lleven a cabo el proceso, el Gobierno, de manera aleatoria, enviará el aporte a alguno de los fondos de pensión que funcionen en el país.
¿Quiénes sí o sí deben cotizar en un fondo privado una parte de su pensión en Colombia?
- Quienes cotizan más de $2.990.000 al mes (aunque habrá que esperar cuánto cambie de este rubro con el ajuste del salario mínimo del 2025)
- Si, a hoy, cotiza a pensión en Colombia en Colpensiones
- Si siendo hombre tiene menos de 900 semanas cotizadas o siendo mujer menos de 750 semanas cotizadas, al 1 de julio del 2025
Las modificaciones sobre el proceso para la cotización a pensión en Colombia se deberán aplicar desde julio del año entrante.
Hay que aclarar que las personas que en este momento entregan sus aportes a un fondo privado no tendrán que hacer cambios, salvo que desde el año entrante hasta sus 2,3 primeros salarios mínimos irán a Colpensiones.
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Todo el monto ahorrado por estas personas para pensión en Colombia se va a quedar en fondo privado generando los rendimientos y el capital respectivos y solamente pasará el dinero a Colpensiones cuando el aportante cumpla los requisitos de jubilación.