¿Qué pasará con los aportes a pensión en Colombia que se hicieron antes de la entrada del nuevo sistema?

La pensión en Colombia verá importantes modificaciones desde mediados de este año.

pensión en Colombia
Imagen: Tomada cuenta oficial en X de la Alcaldía de Pereira

El país está a meses de tener un nuevo sistema de pensión en Colombia, uno que elimina la competencia entre regímenes y ahora fortalece las competencias que tiene Colpensiones y que se complementa con los servicios que proponen las administradoras privadas.

De acuerdo con el documento, hay una serie de modificaciones que se deben tener muy presentes sobre los tipos de aportes, así como los ahorros que entregaron los cotizantes previa entrada de los cambios avalados en la reforma del Ministerio de Trabajo.

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Emprendimientos de mujeres en Colombia. Imagen: Tomada de la cuenta oficial en X de Corabastos

La pensión en Colombia, de acuerdo con el nuevo marco normativo, se va a reconocer habiendo cumplido lo mínimos de ley: correspondientes al tiempo que se aportó y la edad que se tiene.

Al tiempo esto último que el régimen que entra en vigor desde mediados de este año va a respetar y considerar los aportes que hicieron los trabajadores en los regímenes anteriores; es decir: el ahorro no se va a perder.

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Salud y pensión Colombia 2025. Imagen: Tomada de cuenta en oficial en X de la Secretaría de Salud de Bogotá

¿Cambios sobre lo ahorrado para la pensión en Colombia?

“Las personas que hayan realizado aportes a los Regímenes Pensionales anteriores a la vigencia de la presente ley, tendrán derecho a que se le reconozcan los valores aportados a través de la expedición de un Bono, Título Pensional o Devolución de Aportes con destino a la administradora que reconocerá la Pensión Integral de Vejez”, indica la reforma.

El Gobierno del presidente Petro reglamentará las disposiciones y condiciones requeridas para que los afiliados a la pensión en Colombia beneficiarios “rediman su bono a la edad establecida para acceder a la Pensión Integral de Vejez”.

Sin embargo, no podrá otorgarse una prestación del Componente de Ahorro Individual del Pilar Contributivo “sin que se hayan cumplido los requisitos para acceder a una prestación del Componente Contributivo de Prima Media”.

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Foto: Presidencia

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En todo caso se podrá hacer uso del sistema actuarial de equivalencias para completar los requisitos del Componente de Prima Media de la pensión en Colombia, dice la norma, “entendiendo que la prestación es única e integral”.

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