La Corte Constitucional avaló que quienes evadan compromisos con la DIAN paguen penas en la cárcel en Colombia. La iniciativa fue incluida dentro del proyecto de reforma tributaria que fue aprobada por el Congreso de la República durante 2022.
La medida, según dijo en su momento la DIAN, busca que el país pueda reducir cada vez más el hueco tributario por aquellas personas que engañen o incumplan sus compromisos fiscales.
Luis Carlos Reyes, director de la DIAN, ya había mencionado que la disposición ponía a Colombia a la par de varios de los sistemas tributarios más sólidos del mundo, que cuentan con penas en la cárcel para quienes evadan o engañen al Estado en materia de impuestos.
Una vez revisada la disposición por el Alto Tribunal, la DIAN explicó qué es lo que viene para su regulación y cómo quedan las penas carcelarias.
¿Cómo quedan las penas en cárcel por evadir a la DIAN?
En primer lugar, quienes omitan o declaren activos por un menor valor o declaren pasivos inexistentes con propósito de defraudación o evasión por un monto igual o superior a 1.000 salarios mínimos legales vigentes, podrán deberán ir a la cárcel entre 48 y 108 meses (entre 4 a 9 años).
“Las penas podrían aumentar en una tercera parte de ese periodo en caso de que la omisión de activos supere los 2.500 SMMLV (de 5 a 12 años), y en la mitad cuando supere los 5.000 SMMLV (de 6 a 13 años y medio)”, agrega la DIAN.
Sobre la defraudación tributaria, a la DIAN, las penas de cárcel en Colombia de darán cuando se genere un menor valor a pagar o un mayor saldo a favor igual o superior a 100 salarios mínimos la sanción privativa de la libertad será entre 36 y 60 meses (de 3 a 5 años).
“Si la defraudación es igual o superior a 2.500 SMMLV, la pena podría aumentar en una tercera parte de ese periodo (de 4 a 6 años y medio) y en la mitad si es superior a 5.000 SMMLV (de 4 años y medio a 7 años y medio)”, agrega la DIAN.
Explican desde la DIAN que la pena podrá extinguirse con el pago de los impuestos, sanciones tributarias e intereses correspondientes siempre y cuando se cometan los delitos hasta por dos ocasiones.
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“Sin embargo, si la evasión y defraudación tributaria son cometidas tres o más veces, la pena carcelaria no podrá extinguirse con los pagos de las obligaciones. En estos casos, ponerse al día servirá a los reincidentes para rebajar la pena hasta la mitad”, agrega la DIAN.
Para la DIAN las penas en cárcel por evadir compromisos de impuestos en Colombia “son determinantes para prevenir los daños que la evasión y la elusión de impuestos le causan al recaudo tributario. En ese sentido, son un paso a favor de la financiación de los programas sociales y proyectos de desarrollo que Colombia necesita”.