Para todo el mes de junio la tasa de usura de Colombia que le podrán cobrar los bancos y las entidades financieras como máximo es de 44,64 % efectivo anual.
Esta cifra en comparación con la del mes anterior representó una disminución de 77 puntos básicos (-0,77 %) con respecto al período anterior cuando estuvo en 45,41 %.
De acuerdo con la ley, la entidad financiera que incumpla con este límite podrá incurrir en multas.
“Puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos”, se lee en el documento.
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Cabe resaltar que el máximo histórico que ha registrado este indicador fue de 47,09 % el pasado marzo
Interés bancario
Otra de las cifras que entrega la SuperFinanciera es la certificación del interés bancario corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario vigente entre el 01 de junio y el 30 de junio de 2023 en 29.76%
“Lo cual representa una disminución de 51 puntos básicos (-0,51 %) en relación con la anterior certificación (30,27 %)”, señaló la entidad financiera.
Cabe resaltar que esta cifra aplicará para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.