Esto debe pagar de seguridad social por ser independiente en Colombia

Para pagar la seguridad social la persona debe afiliarse como independiente, tanto en el fondo de pensiones como en la EPS u ARL de su elección.

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Una de las mayores incertidumbres para los trabajadores independientes es cómo pagar la seguridad social. Vea más noticias de finanzas personales

Así mismo, para pagar la seguridad social la persona debe afiliarse como independiente, tanto en el fondo de pensiones como en la EPS u ARL de su elección.

En ocasiones las personas en lugar de afiliarse como trabajadores independientes se afilian por medio de cooperativas, para lo cual estas cobran una comisión o gastos de administración. Aunque no es recomendable, ya le explicamos la razón.

Vale la pena recordar que las cooperativas están exoneradas del pago a aporte de salud, así que estas le cobran al trabajador el porcentaje completo del aporte, que es del 12.5 % y se quedan con el 8.5 % que no deben pagar en razón de la exoneración que contempla el articulo 114-1 del estatuto tributario.

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Con esto de base, la recomendación es que un trabajador no se afilie por intermedio de una cooperativa.

De otro lado, según Colfondos, para realizar los aportes como trabajador independiente debe hacerlo a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), con la que podrá liquidar vía electrónica.

Es de aclarar que el pago de riesgos laborales (ARL) es voluntario, a menos que el contratista lo exija para prestar determinado servicio. Este trámite es necesario desde la expedición del Decreto 1670 de 2007, que luego fue reemplazado por el Decreto 728 de 2008.

¿Cuál es el porcentaje que debe aportar para la seguridad social?

Como trabajador independiente, se debe aportar con base en los ingresos; para salud es el 12.5 % y para la pensión es el 16 %. No se debe pagar parafiscales como independiente, como por ejemplo una casa de compensación o afiliarse a cesantías.

¿Cuándo se debe realizar el pago oportuno?

Para realizar el pago de la seguridad social a tiempo, hay que tener en cuenta el último número de la cédula de ciudadanía para realizar el aporte; al igual que los empleados, el corte es mensual. Las fechas límite varían de acuerdo a los dos últimos del documento de identificación.

Estos son los precios que debería aportar cotizando sobre un salario mínimo:

Concepto Valor
Salud $125.000.
Pensión 160.000.
Riesgos laborales Nivel I $5.220.
Total $290.220.

Seguridad social de un independiente que gana más del salario mínimo

Como regla general, en Colombia las personas que tienen capacidad de pago, es decir, ganan lo mismo o más de un salario mínimo legal vigente, que para el 2022 está en $1 millón, tienen la obligación de estar afiliadas y cotizar su seguridad social como salud, pensión y riesgos laborales.

De acuerdo con Andrés Fonseca Berdugo, autor del artículo “Salud y pensión como contratista”, disponible en la página web de función pública (www.funcionpublica.gov.co). “Los aportes para pensión y salud se sacan del Ingreso Base de Cotización (IBC) es decir del salario básico, trabajo extra, comisiones, bonificaciones habituales y demás remuneraciones, se excluye el subsidio de transporte y el IVA”, explica.

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Hay tres aportes de seguridad social que debemos pagar: salud, pensión y el fondo de solidaridad, este último solo se paga si se tienen ingresos mayores a cuatro salarios mínimos y equivale al 1% del Ingreso Base de Cotización.

Como trabajador independiente se tiene la responsabilidad de realizar los respectivos aportes a mes vencido.

Un ejemplo para calcular los respectivos aportes lo explica Jackeline Becerra, subdirectora técnica de pensiones y otras prestaciones de Minsalud, “si como contratista ganas $3 millones, a este valor le debes calcular el 40%. El resultado sería $1,2 millones, este es tu Ingreso Base de Cotización (IBC). Al IBC debes calcularle el 12,5% para cotización a salud y el 16% para pensión. En este caso serían $150 mil para salud y $192 mil para pensión”.

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