Nuevo impuesto para los comercios de Bogotá desde el 2025

Las personas obligadas a pagar la sobretasa bomberil recibirán una carta en su dirección o por correo electrónico.

Contribuyentes del ICA deberán pagar otro impuesto desde el 2025 .
Contribuyentes del ICA deberán pagar otro impuesto desde el 2025. Foto: tomada de Freepik

Contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que registren un ingreso neto superior a $2.048 millones durante el periodo a declarar, deberán pagar la sobretasa bomberil.

El nuevo impuesto tendrá como objetivo fortalecer la seguridad que el Cuerpo Oficial de Bomberos de Bogotá, se estima que el pago sea hecho por parte de 13.000 contribuyentes.

Para los ciudadanos con declaración bimestral, la obligación inició el 1 de septiembre de 2024 (quinto bimestre) mientras que, para aquellos con declaración anual, la obligación empezará a partir del 1 de enero de 2025.

¿Cómo pagar el nuevo impuesto?

Las personas obligadas a pagar la sobretasa bomberil recibirán una carta en su dirección o por correo electrónico.

Tendrán que ingresar a la Oficina Virtual en la página de la Secretaría de Hacienda y realizar el pago a través del formulario de Industria y Comercio, donde se calculará un 1 % sobre el valor liquidado de ICA.

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¿A dónde irá el dinero del nuevo impuesto?

El recaudo permitirá la construcción de una nueva estación de bomberos que se sumará a las 17 ya existentes y mejorará la capacidad de respuesta de los 640 efectivos de la entidad para cubrir emergencias.

Además, se espera modernizar los equipos de atención, como drones, máquinas para alturas, brazos articulados, y adquirir un vehículo especializado para la atención de emergencias con animales grandes, como caballos.

Incendio en quebrada La Vieja Bogotá
Incendio en quebrada La Vieja Bogotá. Foto: Bomberos de Bogotá

¿Desde cuándo inicia el cobro de la sobretasa bomberil?

Desde el 1 de septiembre de 2024 los contribuyentes del ICA que cumplan con los requisitos deberán pagar la sobretasa en la declaración correspondiente al quinto bimestre (septiembre-octubre) de la presente vigencia, con vencimiento el 20 de diciembre.

Para los contribuyentes del Régimen Común anual y del Régimen Preferencial que cumplan con los requisitos, el pago de la sobretasa deberá hacerse al momento de presentar la declaración del año 2025.

¿Dónde se debe realizar el pago?

A través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda. Al momento de hacer su declaración de ICA, se desplegará un renglón adicional denominado “sobretasa bomberil”, que será calculado automáticamente por el sistema en los casos que corresponda. Con el cumplimiento del pago de la sobretasa bomberil, todos los bogotanos se beneficiarán de una mejor respuesta y atención ante emergencias que deban ser atendidas por el cuerpo de bomberos de la ciudad.

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