![54293374844_8a69c50ee3_o Conmoción interior](https://www.valoraanalitik.com/wp-content/uploads/2025/01/54293374844_8a69c50ee3_o-696x464.jpg)
El Gobierno Nacional continúa emitiendo normas bajo el estado de conmoción para atender la situación de orden público que atraviesa el Catatumbo.
Esta vez se conoció el Decreto número 0136, el cual establece medidas extraordinarias relacionadas con el Sistema General de Participaciones (SGP), con lo cual se permitirá que las entidades territoriales afectadas utilicen libremente los recursos de la participación de Propósito General del SGP, tanto los de la vigencia actual como los no comprometidos de años anteriores, con el único fin de enfrentar la crisis y evitar su agravamiento.
Además, autoriza a los alcaldes de los municipios cobijados por la conmoción interior a modificar la destinación de estos recursos no ejecutados de 2024 e incorporarlos al presupuesto de 2025, así como a realizar ajustes en el presupuesto y en el Plan Operativo Anual de Inversiones.
Medidas para el combustible
Otro de los decretos que se conocieron fue el número 0132, el cual le da la faculta al Ministerio de Minas y Energía para limitar, suspender o sustituir el suministro y distribución de petróleo, combustibles líquidos y gas.
Las medidas podrán aplicarse en casos de perfilamiento de riesgo o por solicitud del Ministerio de Defensa, Justicia, Interior o cuerpos de inteligencia, e incluirán acciones como: cierre temporal de estaciones de servicio, limitación o suspensión de la comercialización y distribución de combustibles líquidos, restricción de las guías de transporte, limitación de la distribución de gas licuado de petróleo (GLP) y suspensión del transporte y distribución de gas.
![Nuevas medidas bajo el estado de conmoción: Finanzas, combustible e inversión precio del ACPM en Colombia](https://www.valoraanalitik.com/wp-content/uploads/2023/05/precio-de-la-gasolina-colombia-1024x597.jpg)
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Campo de acción en presupuestos
El Decreto 0135 establece medidas especiales en el ámbito financiero, otorgando facultades a las autoridades locales de Norte de Santander y Cesar para gestionar recursos y modificar presupuestos en respuesta a la crisis.
Entre las acciones destacadas, los gobernantes de los municipios afectados podrán reasignar rentas de destinación específica, utilizar excedentes financieros y utilidades no sujetas a destinación constitucional. Además, se autoriza a los alcaldes y al gobernador a realizar adiciones, modificaciones y traslados presupuestales, siempre con el objetivo de atender la emergencia. Estas decisiones deberán contar con la aprobación de las asambleas departamentales y concejos municipales, cuando corresponda.
![Nuevas medidas bajo el estado de conmoción: Finanzas, combustible e inversión Ejecución presupuestal](https://www.valoraanalitik.com/wp-content/uploads/2024/02/Peso-Colombia-1-1024x597.jpg)
Proyectos de inversión
Por último, el Decreto 0131 estableció las condiciones para la ejecución de proyectos de inversión.
Se financiarán proyectos con recursos de la asignación ambiental, la asignación para la inversión regional (40 %) y la asignación para la paz del Sistema General de Regalías, enfocados en mitigar los efectos de la crisis.
Los proyectos serán presentados al OCAD Regional por municipios con Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), municipios del área metropolitana de Cúcuta y otras entidades autorizadas.
El Ministerio de Ambiente podrá destinar fondos para la conservación de áreas estratégicas y lucha contra la deforestación en la región afectada.
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