Ninguna empresa se ha acogido a la reducción de tarifas de energía de la CREG, ¿por qué?

Cabe recordar que el ajuste fue propuesto en el proyecto de resolución sube el nivel del Precio de Escasez Inferior a $487 a marzo de 2025.

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Reducción de tarifas de energía CREG. Foto: Superservicios.

El operador del Sistema Interconectado Nacional (SIN) y Administrador del Mercado de Energía Mayorista (MEM), XM, entregó nuevos detalles de qué ha pasado con la implementación de las resoluciones 101 066 de 2024 y 101 069 de 2025 que buscan una reducción en las tarifas de en Colombia.

De acuerdo con la entidad, no se recibieron solicitudes de acogimiento a la normativa expedida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).

“En cumplimiento del artículo 5 de la Resolución CREG 101 066 de 2024, referente a los compromisos del Administrador Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC) sobre la publicación del listado de plantas acogidas al menú de corto plazo, informamos que (con corte al 28 de febrero de 2025) último día establecido en la resolución para tales fines, no se recibieron solicitudes de acogimiento a dicho menú (conocido como el menú de transición de corto plazo)”, manifestó XM.

Valora Analitik habló con expertos del sector quienes aseguran que, aunque aún no se hayan acogido agentes a la medida que busca la reducción de tarifas de energía en Colombia, no significa a fuerzas que esta haya fracasado.

En otras palabras, esto quiere decir que ninguna empresa de energía eléctrica en el país se acogió a la que el Gobierno Petro llama una “una nueva fórmula tarifaria” y que, diseñada por la CREG, pretender darle un techo al precio de energía en bolsa (Precio de Escasez Inferior -PEI-) a las generadoras hidroeléctricas, de renovables y a las plantas de generación a carbón.

En línea con los analistas del sector, es muy probable que la medida no fue secundada por las empresas porque se anunció un ajuste al Precio de Escasez Inferior, pero que todavía no se ha aprobado definitivamente.

Pues debía ser firmado por el ministro de Minas y Energía -que en su momento era Andrés Camacho-, pero con su salida es posible que el proceso se demore aún más, hasta que no se haga el empalme completo para la llegada de Edwin Palma.

Cabe recordar que el ajuste fue propuesto en el proyecto de resolución sube el nivel del Precio de Escasez Inferior a $487 a marzo de 2025.

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CREG advierte a empresas que no se han acogido a reducción de tarifas de energía. Foto: tomada de Freepik

No obstante, los expertos aseguraron que hay algunos agentes a los que esta medida sí les empieza a aplicar, inicialmente: las plantas no despachadas centralmente (PNDC) y a las plantas menores. Que, en línea con los analistas, aplica para el día en el que el precio de energía en bolsa supere el Precio de Escasez Inferior.

En ese caso, la CREG exigirá a dichas empresas a que entreguen su ‘generación ideal’, o les podrían aplicar desviaciones del cargo por confiabilidad. De manera que a estos agentes les tocaría pagar un dinero por el diferencial entre el precio de bolsa real y el Precio de Escasez Inferior, que en el cálculo anterior (en este momento aún vigente) está en $324/kWh a marzo.

“El sector está esperando que la CREG apruebe la nueva resolución para ajustar el Precio de Escasez Inferior de $359 a $540, que por la indexación queda apenas en $487/kWh”, dicen los expertos del sector.

Asimismo, manifestaron que el Gobierno Nacional “amarró” la indexación a los precios del carbón, pero como el mineral ha bajado, el Precio de Escasez Inferior también debería hacerlo teniendo en cuenta dicha referencia.

Ninguna empresa se ha acogido a la reducción de tarifas de energía de la CREG, ¿por qué?

Medidas de Gobierno Petro frente a reducción de tarifas de energía en Colombia no tienen el impacto anunciado

A inicios de febrero de este año, el Centro de Estudios de Energía Renovable y el Agua (Ceera) advirtió que con las medidas anunciadas por el Gobierno del presidente Gustavo Petro para las tarifas de energía en Colombia no disminuirán para los usuarios, como ha sido anunciado en varias ocasiones.

Y, por ello, no es ilegal ni inconstitucional su cobro mientras entran en funcionamiento tales medidas descritas anteriormente.

“Si bien las movilizaciones reflejan la inconformidad ciudadana por los costos de la energía, las tarifas gozan de legalidad en su aplicación y en ese mismo marco, se deben buscar alternativas que den soluciones de fondo para que los precios de todos los componentes de la tarifa, y no solo la generación, logren mayores eficiencias” manifestó en su momento la directora del gremio, Angela María Sarmiento.

El impacto real de la medida anunciada

Las medidas anunciadas por el presidente Petro, orientadas a la reducción de tarifas, no tendrán un impacto significativo en las facturas de los usuarios, puesto que aborda solo un elemento de la fórmula tarifaria, según Ceera.

El gremio explica que la resolución modifica los precios de algunas transacciones de energía en bolsa; sin embargo, la energía comprada en este mecanismo es en promedio solo un 20 % de la energía, el resto proviene de contratos a largo plazo con precios más estables.

Asimismo, el precio que se paga por la energía es apenas el 35 % del costo total de la tarifa, lo que se traduce en que el impacto de esta medida en la tarifa final será casi imperceptible para el usuario.

Además, Ceera había asegurado que su implementación no era inmediata ya que se requerían ajustes técnicos y regulatorios complejos, tarea que está en manos de XM, “que ha venido respondiendo en cumplimiento de los plazos otorgados por la CREG, y cuyo actuar no está poniendo en riesgo la prestación del servicio, ni se han evidenciado en dicha empresa las causales previstas por la Ley para activar las acciones de control”.

TGI
CREG en Colombia. Imagen: TGI.

Por eso el gremio invitó al Gobierno Nacional a que recurra a mecanismos objetivos para la aplicación de las herramientas constitucionales y cuando ello es necesario.

De otra parte, el Centro de Estudios resaltó que la medida -que busca la reducción de las tarifas de energía en Colombia- tiene efectos no deseables para las nuevas inversiones en generación, especialmente con fuentes renovables no convencionales como las pequeñas centrales hidroeléctricas, haciendo inviables inversiones por los costos a los que hoy se enfrentan estos proyectos.

“Esta condición puede llevar a que se cuente con menos oferta de energía y por tanto, a precios cada vez más altos de generación o incluso no poder cubrir las necesidades de energía futuras”, indicó.

El verdadero camino abordar los problemas de las tarifas de energía en Colombia, según Ceera

Para el gremio, la solución estructural para el caso de los precios de la energía pasa por aumentar la oferta de generación y fomentar la competencia, lo que permitirá que los precios se regulen de manera eficiente, mecanismo de mercado que la Ley 142 de 1994 considera el mejor camino para actividades como la de generación de energía.

Para ello, Ceera aseguró que es clave tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • Facilitar la entrada de nuevos proyectos de generación, considerando tanto aquellos de costos de operación bajos como también los que permitan garantizar la confiabilidad en el suministro.
  • Reducir las barreras de financiamiento, licencias ambientales y cargas impositivas que dificultan la inversión.
  • Fomentar una competencia real en el sector, tal como lo establece la Ley 142 de 1994.

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