Niegan tutela que presentó Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, en contra del CNE: ¿Qué pasó?

El Tribunal Superior de Bogotá negó la tutela que buscaba parar la investigación por presunta violación de topes electorales.

Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol
Niegan tutela que presentó Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol, en contra del CNE. Foto: Rodrigo Torres, Valora Analitik

Teniendo en cuenta las polémicas surgidas por la presunta financiación irregular en la campaña de Petro para la presidencia de Colombia, Ricardo Roa, actual presidente de Ecopetrol, presentó una tutela con el fin de frenar la investigación que realiza el Consejo Nacional Electoral (CNE) que tiene como fin esclarecer dichos hechos.

No obstante, el Tribunal Superior de Bogotá negó dicha tutela que buscaba parar la investigación por presunta violación de topes electorales.

De igual manera, hay que recordar que esa investigación se realizó por la imputación de cargos por un excedente de $5.355 millones que se invirtieron, de acuerdo con el CNE, durante la primera y segunda vuelta electoral.

Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol
Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol. Foto: Andeg y Valora Analitik

¿Por qué negaron la tutela de Ricardo Roa?

Con lo anterior, la decisión del Tribunal de no aceptar la tutela presentada por Ricardo Roa es porque, según la entidad, este no es un mecanismo adecuado para buscar el archivo de la investigación o para controvertir las decisiones administrativas dentro de un proceso electoral.

Además, la magistrada ponente, Martha Isabel García Serrano, explicó que la tutela no era el mecanismo para hacer dicha solicitud. “no es el medio idóneo para lograr el archivo de la aludida investigación y/o controvertir las decisiones de la administración dentro del trámite de un proceso electoral”, indica García.

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Y agrega: “Dado que no se cumple con el elemento de la subsidiariedad, pues con anterioridad se debe agotar el conducto regular; es decir, acudir a la autoridad para exponer las irregularidades que ahora aduce; circunstancia que no se ha verificado en este asunto, por cuanto aún se encuentra en trámite la notificación de la resolución 05175 del 8 de octubre de 2024″.

Esto quiere decir que Roa debió agotar otros mecanismos que establece la ley dentro del proceso ante la autoridad electoral antes de acudir a la acción de tutela, ya que no cumplía con el principio de subsidiariedad.

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