Los propietarios de vehículos en Colombia y conductores conocen las infracciones de tránsito que no pueden cometer si no desean una multa y que el carro sea inmovilizado.
Son diversos los movimientos que deben evitar realizar al volante como pasarse un semáforo en rojo, hacer un giro prohibido, parquear en vías principales o exceder los límites de velocidad.
Cabe recordar que tanto agentes de tránsito como las cámaras de foto multas ubicadas en puntos estratégicos, pueden imponer sanciones al detectar el número de placas del vehículo y están reguladas bajo el Código Nacional de Tránsito.
Dicho código clasifica las multas en cinco categorías, de la A a la E, dependiendo de la gravedad de la infracción. Por ejemplo, si maneja bajo efectos del alcohol y causa un accidente, será una infracción tipo E, con más dinero por pagar, el vehículo será inmovilizado y su licencia podría ser suspendida.
Esto es lo que debe pagar en cada categoría:
- Categoría A: Cuatro salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $173.733
- Categoría B: Ocho salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, $346.667
- Categoría C: Quince salarios mínimos legales diarios vigentes, que serán $650.000
- Categoría D: Treinta salarios mínimos legales diarios vigentes, equivalentes a $1.300.000
- Categoría E: Cuarenta y cinco salarios mínimos legales diarios vigentes, lo que corresponde a $1.950.000
¿Con cuántas multas de tránsito suspenden la licencia de conducción en Colombia?
Como lo indica la Secretaría de Movilidad de Bogotá, su licencia será suspendida si en un tiempo de seis meses comete más de una infracción de tránsito.
Así lo estipula el artículo 124 del Código Nacional de Tránsito, y en caso de una nueva reincidencia se doblará la sanción. Además, si el conductor es sorprendido por las autoridades conduciendo y su licencia ha sido objeto de suspensión, se le cancelará definitivamente.