Mediante un proyecto de ley, un grupo de congresistas presentó una iniciativa para ponerle freno a la multa que se impone por la inasistencia a las asambleas de copropietarios en conjuntos residenciales de Colombia.
La iniciativa, según el documento, busca que se regule este, que es una de las quejas recurrentes dentro de los copropietarios en propiedades horizontales.
Según la exposición de motivos, esta imposición de la multa en las asambleas de copropietarios en conjuntos residenciales de Colombia suele ser desproporcionada y no da espacio para que las personas cuenten con un recurso de apelación.
Explica el documento que la idea es que los manuales de estas propiedades horizontales incorporen mecanismos como llamados de atención, faltas por inasistencia, multas y acuerdos de pagos.
Sin embargo, algunos propietarios en gremios del país han pedido tener en cuenta que este tipo de multas son necesarias para aprobar o modificar temas clave de propiedades en las que se requiere de la participación mayoritaria de los dueños de los inmuebles.
Asamblea de copropietarios en conjuntos residenciales de Colombia: ¿Cuáles multas cambiarán?
La idea, según el proyecto, es que los manuales de las propiedades tengan un esquema de procedimiento para multar a los responsables cuando no asistan a las asambleas de copropietarios en conjuntos residenciales de Colombia.
Entre estos, se propone que se otorgue un primer llamado de atención por inasistencia, y quede en las actas respectivas de la asamblea.
Ahora, en caso de que esa inasistencia se repita, se impondría una multa del valor equivalente a medio canon de administración.
Si el copropietario tuviera una tercera inasistencia injustificada, esa multa sería por un canon de arrendamiento.
El proyecto de ley propone que se regulen las multas en las asambleas de copropietarios en conjuntos residenciales de Colombia, dado que hay importantes denuncios por abuso de poder a manos de algunas administraciones.
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Finalmente, aquellos copropietarios a los que se les impongan multas se les deberá, si se aprueba el proyecto, otorgar facilidades de pago, incluido el pago por cuotas.