En la actualidad, el arriendo es la opción más escogida para vivir en una vivienda por los colombianos, teniendo en cuenta que, este 2024, se ha presentado una baja de ventas de inmuebles en el país a cuenta de las altas tasas de interés que se venían presentando en los créditos hipotecarios.
En ese contexto, la legislación ampara tanto a los arrendadores como a los arrendatarios, estableciendo causales justas para la terminación de un contrato de arrendamiento antes de su vencimiento.
Así las cosas, es importante saber los motivos por los que se podría cancelar un contrato de arrendamiento, de acuerdo con la Ley 820 de 2003, la cual regula el régimen de arrendamiento de vivienda urbana en Colombia.
Causales por las que se puede terminar un contrato de arrendamiento por parte del propietario
- Falta de pago: Si el inquilino incurre en mora en el pago de la renta o de los servicios públicos, el arrendador puede dar por terminado el contrato. La ley establece un plazo para que el inquilino se ponga al día con los pagos antes de la terminación efectiva del contrato.
- Incumplimiento de las normas de convivencia: Si el inquilino altera la paz y tranquilidad de la comunidad, realiza actividades peligrosas o prohibidas en el inmueble, o destina el mismo para fines distintos a los acordados en el contrato, el arrendador puede poner fin al contrato.
- Daños al inmueble: Si el inquilino causa daños graves al inmueble que no sean producto del uso normal, el arrendador puede solicitar la terminación del contrato y el pago de los daños ocasionados.
- Subarriendo no autorizado: El arrendador tiene derecho a terminar el contrato si el inquilino subarrienda el inmueble sin su consentimiento previo y por escrito.
- Obras necesarias: Si el inmueble requiere obras de reparación o remodelación que impidan su habitabilidad, el arrendador puede terminar el contrato previa notificación al inquilino con un plazo mínimo de dos meses.
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Causales por las que se puede cancelar el contrato de arrendamiento por parte del inquilino
- Inhabitabilidad del inmueble: Si el inmueble no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad o presenta riesgos para la salud o seguridad del inquilino, este puede dar por terminado el contrato sin penalización.
- Falta de prestación de servicios: Si el arrendador no presta los servicios públicos esenciales o no realiza las reparaciones locativas necesarias, el inquilino puede terminar el contrato sin penalización.
- Amenazas o violencia: Si el arrendador o un tercero que habita en el inmueble amenaza o agrede al inquilino, este puede dar por terminado el contrato de inmediato.
- Venta del inmueble: Si el inmueble se vende durante la vigencia del contrato, el nuevo propietario puede notificar al inquilino la terminación del contrato con un plazo mínimo de dos meses.
Con lo anterior, las causales para la terminación anticipada del contrato de arrendamiento están establecidas en la Ley 820 de 2003 y en las normas del Código Civil Colombiano.
Tanto el arrendador como el arrendatario deben seguir los procedimientos legales establecidos para la terminación del contrato.
De igual manera, es recomendable que ambas partes consulten con un abogado para conocer sus derechos y obligaciones antes de tomar cualquier decisión.
Finalmente, existen diversas causales por las que un contrato de arrendamiento puede ser cancelado antes de su vencimiento en Colombia. Es fundamental que tanto arrendadores como arrendatarios conozcan la ley y los procedimientos para evitar conflictos legales.