La Agencia Nacional de Defesa Jurídica del Estado, en coordinación con la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, anunció que ha logrado que las mineras de carbón en la zona rural de Cesar (municipios de El Paso y La Jagua de Ibirico) reubiquen a campesinos afectados (comunidades de El Hatillo) por el material particulado.
Esto luego de que, el 16 de junio de 2023, se conociera la decisión favorable de primera instancia por parte de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
De acuerdo con la Agencia Nacional de Defesa Jurídica del Estado, la providencia negó las pretensiones de nulidad y restablecimiento del derecho contra de las resoluciones No. 0970 del 20 de mayo de 2010 y No. 1525 del 05 de agosto de 2010.
En estas normativas el Estado les ordenó a las empresas mineras el reasentamiento de comunidades de El Hatillo (Cesar), afectadas por el material particulado causado con las actividades mineras.
“Esta sentencia representa un antecedente importante en la protección del medio ambiente, los derechos de las comunidades y un ahorro para el Estado de más de $197.000 millones”, precisó la entidad.
Hay que decir que hay más de 1.200 familias que se ubican cerca de las operaciones de las mineras productoras de carbón en El Paso y La Jagua de Ibirico.
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En esta región están presentes las empresas como Drummond, Prodeco, Carbones del Cesar, Colombia Natural Resources y Vale Coal (que está en liquidación).
Antecedentes entre las comunidades de El Hatillo y las mineras de carbón
En 2010, Colombia, por medio del Ministerio de Ambiente, les exigió a las mineras de carbón reubicar a los campesinos afectados (comunidades de El Hatillo) por el material particulado, pero 13 años después, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirmó las resoluciones (No. 0970 del 20 de mayo de 2010 y No. 1525 del 05 de agosto de 2010).
Posteriormente, entre varias cosas, la sociedad Vale Coal Colombia Ltd. (Sucursal Colombia) presentó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y la ANLA para solicitar la nulidad de las resoluciones No. 0970 del 20 de mayo de 2010 y No. 1525 del 05 de agosto de 2010.
Estas reglamentaciones ordenaron a Drummond, Prodeco S.A., Compañía de Carbones del Cesar S.A. (hoy Sociedad Colombian Natural Resources I SAS) y Emcarbon S.A. (hoy Vale Coal Colombia) el reasentamiento de comunidades que habitan en El Hatillo, Plan Bonito y Boquerón en el Cesar.
De acuerdo con las resoluciones, estas comunidades estaban afectadas por el material particulado causado con las actividades mineras.
A título de restablecimiento del derecho se solicitaron $150.000 millones por los presuntos perjuicios causados con las medidas administrativas.
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La demanda, que pedía la nulidad de las resoluciones por parte de Vale Coal Colombia, estaba amparada en que presuntamente se incurrieron en estos actos administrativos:
- La falta de competencia del entonces Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Sostenible para su expedición
- Los actos administrativos se profirieron con infracción y desconocimiento de las normas de orden superior en las que debieron fundamentarse
- Presentan falsa motivación por la falta de prueba técnica idónea
También, como fundamento de las pretensiones, la compañía indicó que celebró el contrato de exploración y explotación de carbón No. 147 de 1997, por el término de 30 años, para la explotación de la mina de El Hatillo en el Cesar (Colombia).
Según información de la Agencia Nacional de Defesa Jurídica del Estado, en cumplimiento de su función de protección del medio ambiente y la salud, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible contrató un estudio técnico elaborado por la Red de Calidad del Aire y el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey (Itesm).
Esta entidad realizó un modelo de dispersión de material particulado en la zona carbonífera del César, el cual reveló la necesidad de reasentar las poblaciones de Plan Bonito, El Hatillo y Boquerón porque se estaba afectando su derecho a la salud.
Y, tras este hecho, se derivó la expedición de los actos administrativos que fueron demandados por Vale Coal.
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De acuerdo con la información oficial, la Agencia intervino en el proceso coordinando a las entidades públicas demandadas: la ANLA y el Ministerio de Ambiente y presentó escrito de intervención el 18 de abril de 2023.
En este documento solicitó declarar la legalidad de los actos administrativos dado que “estos fueron debidamente fundamentados en el estudio técnico que evidenció la contaminación del aire de la zona por la actividad minera y que se está afectando la salud de las comunidades aledañas”, precisó la entidad.
En consecuencia, logró que en la sentencia del 16 de junio de 2013 la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca negara las pretensiones de la demanda de la minera de carbón.
Además, “resaltó la necesidad de protección del medio ambiente y de las comunidades y concluyó que los actos administrativos se profirieron conforme a la Ley”, precisó.