Para que la reforma del Sistema General de Participaciones (SGP), aprobada el año pasado, pueda implementarse, el Congreso deberá aprobar una nueva ley de competencias.
En términos sencillos, esta ley definirá hasta dónde llegan las responsabilidades de los departamentos y en qué momentos interviene el Gobierno Nacional.
El objetivo principal de la iniciativa es mejorar la eficiencia en el uso de los recursos públicos, cerrar brechas territoriales y sectoriales, y fortalecer la autonomía de las entidades territoriales.
El Gobierno Nacional tiene previsto presentar el proyecto de ley el próximo 20 de julio, coincidiendo con el inicio de la última legislatura del actual Congreso.
La construcción de la ley de competencias
Desde entonces, diversos actores han participado en mesas de trabajo y conversatorios para recoger necesidades y propuestas que puedan ser incluidas en el texto definitivo.
El pasado 25 de abril, los gobernadores analizaron en sesión privada un borrador de 244 páginas, según reveló El Tiempo. En ese encuentro participaron también expertos como Jorge Iván González, exdirector del Departamento Nacional de Planeación (DNP).
Ese mismo día, los mandatarios departamentales, a través de la Federación Nacional de Departamentos, entregaron al ministro del Interior, Armando Benedetti, su propia propuesta de ley de competencias, con el fin de que el Gobierno la considere.
Desde el Ministerio del Interior también se ha venido trabajando en el documento, y se espera que Fedemunicipios presente su propuesta en los próximos días, para así consolidar el texto definitivo que será radicado en el Congreso.
¿Qué viene para la ley de competencias que reformará el SGP?
El medio de comunicación tuvo acceso a los documentos y estos fueron los principales cambios que sugieren:
• Categorización territorial: Se establecerá una clasificación de los territorios (por el DNP) basada en dimensiones como la capacidad institucional, fiscal, demográfica, geográfica y social. Esto permitirá asignaciones de recursos con enfoque diferencial.
• Transición del SGP: Tendrá una duración de 12 años, comenzando en 2027. Cada año se aumentará gradualmente la participación del SGP hasta alcanzar el 39,5 % de los Ingresos Corrientes de la Nación.
• Áreas prioritarias: Los recursos deberán invertirse en cerrar brechas en educación, salud, agua potable, saneamiento básico y otros fines generales. No podrán ser inferiores a los del año anterior, ajustados por inflación.
• Educación: Se priorizará el pago de docentes y personal, seguido por alimentación, transporte e infraestructura. Los recursos serán entregados directamente a municipios certificados, y en los no certificados, al departamento correspondiente.
• Salud: Se financiarán el aseguramiento en el régimen subsidiado, salud pública (vigilancia, control, inspección) y apoyo a prestadores públicos del nivel primario. El presupuesto se basará en el promedio aportado entre 2019 y 2024.
• Seguridad: Se asignarán recursos anualmente, a través del Ministerio del Interior, para que los departamentos diseñen e implementen programas de protección y seguridad.
• Desaparición de entidades: No se definirá en este texto, sino mediante otro proyecto de ley que el Gobierno radicará seis meses después de que entre en vigencia esta ley.