El Congreso de Colombia aprobó un proyecto de ley que cambia algunas normas para sacar por primera vez o renovar la licencia de conducción.
En particular, la iniciativa ajusta reglas de los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA), entidades a cargo de los cursos de instrucción para este trámite.
Su nacimiento se dio con la Ley 1397 de 2010, pero ahora se ajustará parte de su operación en el país.
Así las cosas, los CEA tendrán una nueva forma para capacitar a las personas que tramiten por primera vez o renueven su licencia de conducción.
Novedades en centros de enseñanza
En principio, la ley deja claro que los cursos deberán ser impartidos “única y exclusivamente” por los CEA que estén registrados en el RUNT.
Para esto, el Ministerio de Transporte deberá realizar un estudio técnico sobre el tema y, posteriormente, hacer la reglamentación para definir cómo será su registro.
Ahora bien, la ‘carne’ está en la capacitación que se realice a quienes saquen la licencia de conducción por primera vez o la recategoricen.
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Este proceso, según se aprobó en el Congreso, se dividirá en dos áreas: una teórica y otra práctica, siendo la primera la de mayores ajustes.
Lo anterior, teniendo en cuenta que estos cursos podrán ser impartidos en dos modalidades y el aspirante podrá escoger libremente con cual se capacita.
Así, la parte teórica se podrá seguir tomando de manera presencial, pero ahora también se podrá realizar virtualmente (solo la capacitación, no el examen).
De otro lado, la parte práctica del curso para sacar la licencia de conducción seguirá siendo presencial, es decir, con talleres en los CEA y prácticas de conducción en las vías nacionales.
La ley, que ahora pasa a sanción presidencial, también fija que los centros de enseñanza adapten los contenidos e instalaciones para personas en condición de discapacidad.
Con esto, se busca que estas puedan recibir las capacitaciones teóricas y prácticas para sacar o recategorizar su la licencia de conducción.
Otros ajustes
De otro lado, el articulado prevé cambios a la hora de atender vehículos que quedan mal parqueados en las vías de Colombia.
Así las cosas, los municipios u organismos de tránsito podrán contratar el denominado programa de bloqueo de vehículos, que incluye los conocidos cepos.
“Este equipo deberá ser implementado con apoyo de las autoridades de control y aplicado sobre aquellas conductas que ameritan inmovilización”, señala la norma.
Y agrega que el bloqueo se podrá hacer con el cepo u otras tecnologías que cumplan con la misma finalidad, aunque primero se deberá imponer el comparendo.
De igual forma, el Congreso aprobó las formas cómo se podrán resolver estas situaciones en Colombia.
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Así lo detalla el proyecto: “El retiro del equipo de bloqueo será efectivo hasta que el propietario, poseedor o tenedor del vehículo subsane la falta y realice el curso de rehabilitación a infractores de las normas de tránsito”.
De acuerdo con Hugo Ospina, presidente de la Asociación de Propietarios y Conductores de Taxi (Asoproctax), esta iniciativa implicaría “el fin de las inmovilizaciones de vehículos y motos”, por medio de grúas.
“Esa práctica se acaba y los garajes de las casas serán ahora los ‘patios’, concluyó el dirigente gremial.