A estos trabajadores no les tocaría la nueva jornada laboral en Colombia con reforma de Petro

A espera de un nuevo debate de la iniciativa, la reforma dispone de cuáles son los posibles cambios de la jornada laboral en Colombia

Jornada laboral en Colombia
Foto: tomada de bogota.gov.co

Pendiente de que avance la reforma, algunos trabajadores no serían cobijados con los cambios que se proponen para la jornada laboral en Colombia, que incluye una reducción por semanas y modificaciones al horario nocturno.

De acuerdo con el proyecto de ley, hay una serie de modificaciones que van a ayudar a mejorar el tiempo del que disponen los trabajadores en el país.

Según el documento, y de aprobarse en el Congreso, la jornada laboral en Colombia pasaría a ser de 42 horas al año 2026, mientras que la jornada diurna empezará a las 6 de la mañana y terminará a las 7 de la noche, mientras que la nocturna irá de 7 de la noche a 6 de la mañana.

¿Quiénes no tendrían cambios en la jornada laboral de Colombia?

“En las labores que sean especialmente insalubres o peligrosas, el Gobierno puede ordenar la reducción de la jornada de trabajo de acuerdo con dictámenes al respecto”, dice el proyecto.

Entre la población a la que no le afectarían los cambios de la reforma sobre la jornada laboral en Colombia, la duración máxima de la jornada de los adolescentes autorizados para trabajar se sujetará a las siguientes reglas.

  1. Los adolescentes mayores de 15 y menores de 17 años, solo podrán trabajar en jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 p. m.
  2. Los adolescentes mayores de diecisiete (17) años, solo podrán trabajar en una jornada máxima de ocho horas diarias y 40 horas a la semana y hasta las 8:00 p. m.
Jornada laboral en Colombia
Foto: MinTrabajo

De otro lado, el empleador y trabajador pueden acordar, temporal o indefinidamente, la organización de turnos de trabajo sucesivos, que permitan operar a la empresa o secciones de la misma sin solución de continuidad durante todos los días de la semana, siempre y cuando el respectivo turno no exceda de seis (6) horas al día y treinta y seis (36) a la semana”.

En este modelo de jornada laboral en Colombia no habrá lugar a recargo nocturno ni al previsto para el trabajo dominical o festivo, pero el trabajador devengará el salario correspondiente a la jornada ordinaria de trabajo.

Otros cambios a la jornada laboral en Colombia

“El empleador no podrá, aún con el consentimiento del trabajador o trabajadora, contratarla para la ejecución de dos turnos en el mismo día, salvo en labores de supervisión, dirección, confianza o manejo”, dice la reforma.

Pide la reforma que los trabajadores busquen facilitar una jornada semestral en la que sus empleados puedan compartir con su familia en un espacio suministrado por aquellas.

“Si no se logra gestionar esta jornada, el empleador deberá permitir que los trabajadores tengan este espacio de tiempo con sus familias sin afectar los días de descanso”, dice el documento.

Jornada laboral en Colombia
Foto: MinComercio

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Finalmente, se propone que las empresas con más de 50 trabajadores que tengan la jornada laboral en Colombia ordinaria máxima a la semana, estos “tendrán derecho a que dos (2) horas de dicha jornada, por cuenta del empleador, se dediquen exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación”.

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