Mujeres con dolores menstruales podrían tener incapacidad laboral en Colombia

Las mujeres con ciclo menstrual podrían tener incapacidad mediante la reforma laboral del gobierno Petro, pues así lo propone el artículo 18.

Reforma laboral en Colombia
Mujeres podrían tener incapacidad por ciclo menstrual en Colombia. Foto: tomada de Freepik

La del presidente Gustavo Petro, propone que, las mujeres puedan tener incapacidad durante los días de su menstruación, sin necesidad de obtener un certificado médico.

La iniciativa ha generado polémica en el país, pues los empleadores verifican que los trabajadores efectivamente no están en condiciones físicas para ejercer sus funciones mediante un certificado médico expedido, usualmente, por la EPS.

El artículo 18 de la reforma laboral establece que las mujeres pueden solicitar permisos remunerados para asistir a citas médicas, incluidos los casos en los que presenten «ciclos menstruales incapacitantes» o condiciones asociadas como la endometriosis.

La reforma se debate en la Cámara de Representantes, por lo que en el Congreso hay controversia por este punto.

Por su parte el representante Alfredo Mondragón, del Pacto Histórico, defendió la aprobación de este artículo, ya que busca “garantizar a las mujeres que padecen situaciones biológicas” relacionadas con la menstruación, según declaró en Blu Radio.

Y aclaró que la intención es “darles garantías para que no estén en riesgo su dinámica laboral”. Al respecto, indicó que “una mujer que tenga la menstruación pueda faltar al trabajo sin cita médica” para evitar que se sientan discriminadas.

Pero, reconoció que está mal redactado el artículo 18 ya que la menstruación no es una enfermedad; la endometriosis sí lo es, por lo que la ausencia del certificado médico daría lugar a confusión.

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La solución que propone Catherine Juvinao

La representante Catherine Juvinao expresó que “la única manera objetiva y transparente para ambas partes sería que la mujer presente un dictamen médico que certifique su condición”.

De ese modo, se “evitarían abusos de las partes”, tanto de empleadores como de trabajadoras, quienes podrían alegar situaciones que no necesariamente sean ciertas.

“Lo que pedimos es que, si se genera una incapacidad, la mujer deba acreditarla ante el empleador con una excusa médica”, dijo.

Actualmente, en el numeral 6 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) se exponen las licencias que se pueden brindar a empleados por enfermedad, y la menstruación no hace parte.

Según el DANE, en el país hay 17.3 millones de mujeres entre 10 y 55 años, las cuales son las edades de menstruar, pero no todas tienen dolores o se sienten inhabilitadas para desempeñar sus labores académicas, laborales y demás.

Por ello, Juvinao advirtió que la iniciativa “podría volverse una barrera de acceso para las mujeres”, pues sería un escenario donde podrían ser vistas como menos aptas para el trabajo debido a su biología.

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