Los impuestos para las pensiones en Colombia también hicieron parte de lo aprobado por el Congreso de la República en la reforma que presentó el Gobierno del presidente Gustavo Petro.
Lo más relevante:
Siendo uno de los puntos polémicos durante los debates, el documento aprobado tuvo en cuenta algunos cambios que pedían claridad sobre las personas que debían responder por una carga impositiva con base en la mesada mensual de jubilación.
Con esto, la reforma mantiene los impuestos para las pensiones en Colombia, pero solamente en algunos casos y cuando se trata de ingresos muy altos.
Impuestos para las pensiones en Colombia: Exentos de impuesto a la renta y complementarios
- La Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones)
- Las cajas y fondos de previsión o seguridad social del sector público, mientras subsistan
- Las sumas abonadas en las cuentas de ahorro individual del Componente Complementario de Ahorro Individual y sus respectivos rendimientos
- Las sumas destinadas al pago de los seguros de invalidez y de sobrevivientes
De esta manera los impuestos a las pensiones en Colombia, como el de la renta, no aplicarán para las mesadas por jubilación, “incluyendo las que perciban los residentes colombianos provenientes del exterior”.
Pero sí estarán gravadas desde la parte en la que excedan las 1.000 UVT mensuales, lo que serían las mesadas de más de $47.065.000.
¿Qué pensiones en Colombia estarán exentas del impuesto a las ventas?
- Los servicios prestados por las administradoras dentro del Pilar Contributivo
- Los servicios de seguros y reaseguros que prestan las compañías de seguros, para invalidez y sobrevivientes
Finalmente, dice la reforma aprobada, “estarán exentos del impuesto de timbre los actos o documentos relacionados con la administración del Sistema de Protección Social Integral”.
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Al tiempo que el patrimonio, que es otro de los impuestos en Colombia para las pensiones, no se aplicará para los ahorros pensionales nacionales o internacionales de los residentes colombianos al Pilar Contributivo y al Pilar de Ahorro Voluntario.