La posibilidad de que las iglesias paguen impuesto de renta en Colombia abrió el debate sobre hasta qué punto se les debería cobrar a las entidades religiosas.
Por un lado, el Congreso aprobó que el pago sea solo por ingresos de actividades comerciales, es decir, se excluirían servicios relacionados con la fe.
No obstante, las iglesias y cultos han solicitado ajustes a la norma: desde que se elimine de la reforma tributaria hasta que se modifique.
El pastor John Milton Rodríguez, fundador del ministerio Misión Paz, le pidió al Congreso que se corrija el artículo, ya que podría ser inconstitucional.
Pidió que se incluya una exención al pago de impuesto de renta cuando las actividades comerciales desarrolladas permitan sostener la actividad religiosa y de culto.
“El usufructo patrimonial, llámase intereses bancarios, arrendamientos o actividades o eventos que se realizan para sostener la actividad religiosa, no se hace con fines de lucro, sino de sostener el objeto social de la entidad”, explicó.
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Por su parte, el pastor Alfredo Saade alertó que la redacción de la norma para que iglesias paguen impuestos sería contraría a la Constitución.
“El desconocimiento de la representante @MirandaBogota permitirá que las demandas por inconstitucionalidad que se presentarán en los temas iglesias de la reforma tributaria nos den la razón”, escribió en su cuenta de Twitter, refiriéndose a la congresista Katherine Miranda.
Y agregó: “Hay que acabar el discurso de odio (y) hay que revisar (la) creación de iglesias”.
Con esto en mente, el Congreso podría ajustar el pago de impuestos a iglesias en el segundo debate de la reforma tributaria, que deberá darse en las próximas semanas.
Entre tanto, la iniciativa aprobó que las iglesias paguen renta por las actividades paralelas que tienen a las de tipo religiosas.
Allí se encuentran negocios como barberías o peluquerías, cafeterías, centros vacacionales, hoteles, comercios, parqueaderos, librerías y estaciones de radio y canales de televisión.
Las entidades religiosas pagarían impuesto de renta por estas actividades, con una tarifa menor a la general: sería de 20 %.