Las horas extra también están incluidas en la nueva reforma laboral de Colombia, que lidera el gobierno del presidente Gustavo Petro.
Lo que propone de entrada el documento es que el empleador deberá llevar un registro del trabajo de cada trabajador evidenciando las horas laboradas con la precisión de si son diurnas o nocturnas.
Con esto de base, empleador está obligado, dice la nueva reforma laboral de Petro para Colombia, a entregar al trabajador una relación de las horas extras laboradas.
“De igual modo, de ser requerido, estará obligado a aportar ante las autoridades judiciales y administrativas el registro de horas extras; de no hacerlo se tendrá por cierta la estimación razonable que haga el trabajador del número de horas extras laboradas, sin perjuicio de la sanción que podrá imponer la autoridad administrativa del trabajo”, se lee en el documento.
Puntualiza la nueva reforma laboral en Colombia que en ningún caso las horas extras de trabajo, diurnas o nocturnas, podrán exceder las dos horas diarias y 12 semanales.
¿Cuánto se pagará por las horas extra con la nueva reforma laboral en Colombia?
En primer lugar, aquel trabajo que se desempeñe en día de descanso obligatorio, o días de fiesta, se remunera con un recargo del 100 % sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.
“Se entiende que el trabajo en día de descanso obligatorio es ocasional cuando el trabajador o trabajadora labora hasta dos días de descanso obligatorio, durante el mes calendario”, dice la nueva reforma laboral en Colombia.
Adicional a lo anterior, se entiende que el trabajo en día de descanso es habitual cuando el trabajador o trabajadora labore tres o más de estos durante el mes calendario.
“Para todos los efectos, cuando este Código haga referencia a “dominical”, se entenderá que trata de “día de descanso obligatorio”. Las partes del contrato de trabajo podrán convenir por escrito que su día de descanso sea distinto al domingo”, explica sobre las horas extra.
Pero aclara el documento que el recargo del 100 % podrá ser implementado de manera gradual por el empleador para el pago respectivo de las horas extra.
- Desde julio de 2024, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o de fiesta a 80 %.
- A partir de julio de 2025, se incrementará el recargo por laborar en día de descanso obligatorio o día de fiesta a 90 %.
- En julio de 2026, se dará plena aplicación al recargo “por laborar día de descanso obligatorio o día de fiesta en los términos de este artículo”.
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Aclara la nueva reforma laboral del gobierno del presidente Petro que este modelo de pago de las horas extra podrá acogerse de manera inmediata a manos de los empleadores que así lo requieran.