La cuota alimentaria en Colombia representa una obligación que es esencial con la cual se busca garantizar el bienestar y desarrollo integral no solo de los hijos sino también de los padres adultos mayores. La Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), establece toda la responsabilidad que tienen los padres para cubrir las necesidades básicas de sus hijos, que son aspectos fundamentales para su crecimiento integral de los menores.
Según lo estipulado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), en la cuota alimentaria se debe incluir lo necesario para que los niños, niñas y adolescentes crezcan en condiciones óptimas. Este compromiso no solo abarca aspectos materiales, sino también aquellos que contribuyen a su formación emocional, social y educativa. Por lo que la crianza juega un papel fundamental en ello.
Sin embargo, la obligación alimentaria no solo es desde los padres hacia los hijos sino también de los hijos a los padres. En el Código Civil Colombiano, en su artículo 411, destaca la responsabilidad que tienen los hijos hacia sus padres en casos puntuales. Allí, se enumera las personas de la tercera edad que tienen derecho a recibir alimentos, incluyendo a los ascendientes, lo que quiere decir tanto padres como abuelos cuando se encuentren en situación de vulnerabilidad económica o en condiciones físicas o mentales que les impidan sustentarse por sí mismos.
¿Desde cuándo se debe dar cuota alimentaria a los padres?
En el Código Civil se contempla las situaciones en las que los hijos tienen la responsabilidad de cuidar de sus padres. Esto se da en circunstancias especiales. Los artículos 251 y 252 del Código Civil establecen que, aunque un hijo independiente puede actuar solventarse, permanece en la obligación de brindar apoyo a sus padres cuando haya la necesidad.
Esto también incluye situaciones como la vejez, enfermedades cognitivas, discapacidades físicas o cualquier otra condición que limite a los padres a tener autonomía. Asimismo, se aplica en casos de descendientes inmediatos como los abuelos.
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El artículo 252 del Código Civil señala que esta obligación no es solo una cuestión de monetaria, sino también de brindar el cuidado y afecto necesario para garantizar la calidad de vida ya sea de padres o abuelos.
¿Cómo se procede a pedir legalmente la cuota alimentaria de hijos a padres?
Cuando los padres se encuentran en condiciones vulnerables, puede hacer la solicitud de la cuota alimentaria a sus hijos. Pero para ello, debe cumplir con algunos requisitos legales.
- Estado de necesidad: Una incapacidad comprobada para cubrir sus propias necesidades.
- Filiación: La relación directa entre el solicitante y quien debe brindar el apoyo.
- Capacidad económica del hijo: La viabilidad financiera del hijo para cumplir con esta obligación.
- Monto de las necesidades básicas: Un cálculo razonable de los recursos requeridos para la subsistencia.
El proceso inicia con una conciliación que se realizará ante un abogado de familia. Allí, se determinarán las condiciones entre las partes y voluntariamente para poder definir la cuota monetaria. En caso de que esto no progrese y no se llegue a un acuerdo, el caso se tendrá que escalar ante un juez de familia que deberá asignar porcentajes, montos y vigilancia de cumplimento con el acuerdo.