Gobierno Petro suspende hasta diciembre cobro del peaje de Turbaco

Durante este tiempo, se deberá presentar las soluciones para que se vuelvan a efectuar los cobros en este peaje.

Peaje Turbaco en la vía Cartagena Barranquilla corredor de carga
El peaje de Turbaco está ubicado en el corredor de carga Cartagena - Barranquilla. Foto: MinTransporte.

El Ministerio de Transporte, mediante la Resolución No. 20253040011775, determinó nuevamente la suspensión del cobro del peaje en el municipio de Turbaco para las categorías I y II por un plazo de nueve meses, el cual estará culminará el 31 de diciembre del 2025

Esta medida responde a una recomendación de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI). En el marco de sus funciones, la entidad sugirió interrumpir el cobro mientras avanzan las mesas de concertación con la comunidad local y el gremio de transportadores. A través de la resolución, se destacó que el propósito de estos diálogos es definir una estrategia que permita reanudar el cobro o implementar tarifas diferenciales.

A pesar de esta suspensión, el peaje sigue aplicándose a los vehículos de carga pesada. Este punto es parte de un conflicto de larga data que ha generado tensiones en la región y afecta un megaproyecto de vial entre Cartagena y Barranquilla, valorado en más de $4 billones.

¿Qué efectos tiene esta nueva suspensión?

La falta de ingresos provenientes del peaje ha retrasado la ejecución de las obras previstas, ya que el contratista requiere estos recursos para lograr el cierre financiero necesario e iniciar la fase de construcción.

En este contexto, el Gobierno y los actores involucrados continúan buscando una solución viable que permita reactivar el cobro y garantizar el desarrollo de la infraestructura comprometida.

Cabe destacar que la Concesión a cargo de este peaje es Autopistas del Caribe, el cual es el corredor de carga entre Cartagena y Barranquilla. Además, es adicional a la vía al mar y hace conexión con estas dos ciudades.

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A pesar de estos avances, la situación sigue siendo objeto de controversia. Dentro del artículo segundo de esta resolución, MinTransporte señala que la ANI deberá proponer “una modificación al presente acto administrativo cuando advierta amenaza de insuficiencia de alguno de los mecanismos de compensación contemplados en el Contrato No 002 de 2021 que puede impactar el equilibrio financiero”.

Documento expedido por el Ministerio de Transporte

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