Gobierno Petro expide normas para desarrollar fondos de inversión colectiva y otros mercados en Colombia

Se ajustan los límites vigentes para las operaciones de bajo monto.

Perspectivas de inversión
Fondos de inversión colectiva. Foto: tomada de Freepik

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC) emitió una circular por medio de la cual se imparten instrucciones para el ingreso de inversionistas al mercado de capitales.

Así las cosas, con la Circular Externa 010 de 2024 se extiende el alcance de la vinculación simplificada a todos los productos del mercado de valores y se amplía el umbral vigente para las inversiones de bajo monto.

“Extiende el alcance del procedimiento de vinculación simplificada de clientes a inversiones de baja transaccionalidad sobre cualquier tipo de valor, no solamente acciones, incluyendo otros activos como bonos y títulos representativos de participaciones en fondos de inversión colectiva (FIC)”, señaló el documento.

Desde ahora se ajustan los límites vigentes establecidos para las operaciones de bajo monto en valores, FIC y fondos voluntarios de pensiones (FVP), pasando de 66.000 UVR a 25 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Con ello, ahora se incluye la posibilidad de ampliar el umbral hasta los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Superfinanciera. Foto: Superfinanciera
Superfinanciera sobre mercados de capital. Foto: Superfinanciera

Esto se daría con el cumplimiento de ciertos requisitos y manteniendo los estándares de gestión de riesgos asociados al lavado de activos y financiación del terrorismo (LA/FT).

¿Qué más actualizó la circular para el mercado de capitales de Colombia?

Dentro de esta circular también se actualizaron las instrucciones a los sistemas de ruteo electrónico de órdenes en operaciones de compra y venta de valores, con el fin de promover el uso de mecanismos de autogestión en estas inversiones.

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“Lo que contribuye a eliminar cargas innecesarias que permitan atraer a nuevos inversionistas al mercado de una forma más rápida y eficiente”, se lee en otro aparte.

Con lo anterior, desde ahora las sociedades comisionistas de bolsa podrán integrarse a los canales digitales como páginas web, aplicaciones, programas u otras soluciones tecnológicas, a través de los cuales estas entidades distribuyen y promocionan los demás productos que ofrecen al mercado.

También, se impartieron instrucciones relacionadas con los FIC, en aplicación de lo establecido en el Decreto 265 del 5 de marzo de 2024, a través del cual se realizaron cambios en materia de constitución y funcionamiento de este tipo de vehículos de inversión.

Con este cambio se eliminan algunas cargas en la administración de los FIC por parte de sociedades fiduciarias, comisionistas de bolsa y sociedades administradoras de inversión, particularmente en lo que respecta a la autorización de los fondos y de las modificaciones a sus reglamentos.

“Con el fin de que esta alternativa de inversión se convierta en un vehículo más sencillo y atractivo para canalizar el ahorro del público hacia la inversión productiva”, puntualizó la SuperFinanciera.

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