Desde hoy hasta el próximo 6 de agosto del 2024, está abierto el plazo para comentarios para el proyecto de decreto que otorga $2 billones en crédito para la opción tarifaria.
Según el documento estos recursos estarán dispuestos con el fin de generar condiciones de crédito para las empresas distribuidoras y comercializadoras de energía eléctrica del país.
Cabe mencionar que estos recursos serán entregados por parte de Findeter, entidad encargada de establecer las garantías admisibles que podrán otorgar las empresas de distribución y comercialización de energía que accedan a la línea de crédito directo con tasa compensada de que trata el presente decreto.
Vale resaltar que en el mes de mayo el ministro de Hacienda, Ricardo Bonilla, aseguró que la nación asumiría $2 billones de la deuda de la opción tarifaria.
Los recursos que pagarán corresponderán únicamente a lo que hoy se les cobra a los estratos 1, 2 y 3, y que golpea sobre todo a los usuarios de la costa Caribe.
Dentro de estas se verán beneficiadas empresas como: Caribemar-Afinia, Grupo EPM, Air-E, CHEC, Centrales Eléctricas de Norte de Santander, Empresa de Energía del Quindío y Vatia.
Con lo anterior, los usuarios del país experimentarían un alivio en sus tarifas, que iría desde el 4 % hasta el 20 % del costo unitario del servicio de energía eléctrica, dependiendo de la empresa prestadora del servicio, y proporcional a monto del crédito adquirido por la empresa.
Generalidades del proyecto de decreto de la opción tarifaria
Dentro de la información que contempla el documento se establece que de los $2 billones, $1 billón estará con cargo a las apropiaciones presupuestales del 2023, donde se asignaron recursos por el orden de más de $496.000 millones.
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Y el otro billón de pesos irá con cargo a la provisión presupuestal por valor más de $38.000 millones, emanado de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Además, resaltó que estos recursos deberán ser considerados para la vigencia de 2025 con los respectivos recursos en la programación presupuestal, para ser incluidos en las apropiaciones de las siguientes vigencias del Presupuesto General de la Nación.
Cabe mencionar que el plazo para las empresas realizar los pagos es de hasta 10 años con un año de gracia a capital.
La tasa de interés que se cobrará es de IBR+2 % mes vencido, el uso definido es para capital de trabajo y/o liquidez.
Vale resaltar que esta línea de crédito estará disponible solo para empresas de distribución y comercialización de energía eléctrica de naturaleza oficial, mixta y/o privada que hayan aplicado a la opción tarifaria regulatoria establecida por la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG.
Y la vigencia de los recursos establece que será desde la creación de la línea hasta agotar los recursos.
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