A partir de mayo de 2025, los trabajadores en Colombia que se desempeñen como entrenadores deportivos estarán sujetos a un cambio normativo significativo. Esta disposición se enmarca en la Ley 2210 de 2022, cuyo propósito es regular y formalizar una actividad que, hasta ahora, ha sido ejercida en gran medida de manera empÃrica.
La normativa establece que toda persona que ejerza funciones de entrenador deportivo deberá contar con una certificación oficial, asà como con un registro ante el Estado.
Esta medida aplicará a más de un millón y medio de personas que actualmente se dedican al entrenamiento en diversas disciplinas, desde deportes ampliamente practicados como el fútbol y el baloncesto, hasta otros menos convencionales como el ajedrez.
En virtud de la ley, quienes deseen continuar desempeñándose como entrenadores deberán inscribirse en el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo (COCED). Para ello, deberán obtener la Tarjeta de Entrenador Deportivo o, en su defecto, un Registro Provisional que permita acreditar su ejercicio profesional de manera transitoria.
Requisitos para obtener la acreditación
El proceso de acreditación dependerá del perfil del solicitante. En el caso de los profesionales titulados, se exige contar con formación técnica, tecnológica o universitaria en áreas afines a la educación fÃsica, el deporte o la actividad fÃsica. Esta formación debe estar debidamente certificada por instituciones reconocidas por el sistema educativo nacional.
Por otro lado, quienes actualmente ejercen la labor de entrenador sin un tÃtulo formal podrán optar por un Registro Provisional. Para ello, deberán acreditar al menos un año de experiencia en el campo, ser mayores de edad y superar una evaluación de idoneidad, cuyo objetivo es verificar las competencias mÃnimas requeridas para ejercer la profesión de manera responsable y efectiva. Este registro tendrá una vigencia de cinco años y podrá ser renovado, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por el COCED.
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El costo del trámite ha sido fijado en cuatro Unidades de Valor Tributario (UVT), lo que equivale aproximadamente a $199.196 para el año 2025. La fecha lÃmite para completar el registro será el 24 de mayo del mismo año. Pasado este plazo, quienes no hayan gestionado su inscripción podrÃan enfrentar sanciones.
El Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo ha advertido que el incumplimiento de esta obligación podrá acarrear sanciones de tipo disciplinario, administrativo e incluso penal.
Las medidas no solo aplicarán a los entrenadores que continúen ejerciendo sin estar debidamente registrados, sino también a las instituciones, clubes, academias o particulares que contraten personal no certificado.