Desde julio del próximo año se darán varios cambios al sistema de jubilación y algunos de los cambios más importantes tienen en cuenta lo que tendrán que pagar a pensión los trabajadores independientes en Colombia.
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Según el documento, es necesario que se creen los mecanismos para seguir recuperando los derechos de los trabajadores y que se otorguen las facilidades para los cotizantes del país que, hoy, no son juiciosos con esa obligación.
De acuerdo con la reforma, tendrán que pagar a pensión los trabajadores independientes en Colombia sin importar si ganan un salario mínimo o menos de ese umbral.
De hecho, este último es tal vez uno de los cambios más importantes que trae la iniciativa, pues ahora se podrá hacer la cotización por semanas o días trabajados.
Lo que tendrán que pagar a pensión los trabajadores independientes en Colombia si trabajan por días
- Entre 1 y 7 días: una cotización mínima semanal
- Entre 8 y 14 días: dos cotizaciones mínimas semanales
- Entre 15 y 21 días: cotizaciones mínimas semanales
- Más de 21 días: cuatro cotizaciones mínimas semanales (equivalen a un salario mínimo mensual)
Indica la nueva norma que cuando estos trabajadores reporten ingresos netos mensuales iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente, efectuarán su cotización mes vencido, sobre una base mínima de cotización del 40 %, a esa base se le debe aplicar el 16 %.
Es decir que, si ganan $4.000.000 millones, la base de cotización para pagar pensión será de $1.600.000 y aplicar el 16 % a ese monto, lo que quiere decir que se tienen que pagar $256.000 por pensión.
Aquellos trabajadores por cuenta propia que ganen un salario mínimo tomarán el 40 % de ese pago para poder hacer las liquidaciones respectivas.
Las empresas contratantes estarán obligadas a verificar que los trabajadores independientes hagan los aportes respectivos a pensión a riesgo también de asumir una serie de sanciones económicas.
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Finalmente, “aquellos casos en los cuales el(la) afiliado(a) perciba contraprestación de dos o más contratantes, las cotizaciones correspondientes serán efectuadas en forma proporcional al salario o ingreso devengado de cada uno de ellos”, se lee en la nueva norma.