Esto es lo que debe saber de la ley que regula contratos de arriendo en Colombia

Finalmente aconsejan que ambas partes se comuniquen antes de firmar el contrato de arrendamiento para evitar inconvenientes.

Arriendo de inmuebles en Colombia.
Arriendo de inmuebles en Colombia. Foto: Cortesía Home Capital

En Colombia, el sector de arriendos vivió un antes y un después de la ley 820 de 2003.

Allí se estableció algunas condiciones y criterios básicos respecto a los contratos, determinando las obligaciones que tienen los arrendatarios y arrendador.

Uno de los cambios más importantes que trajo fue el aumento de canon de arrendamiento que se puede dar, el cual se reajusta cada año.

Lo que permitió la ley fue reunir una serie de artículos que estaban dispersos y se habían dado de forma separada en diferentes instancias.

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El contrato de arriendo puede ser oral o verbal mientras el arrendatario y el arrendador se pongan de acuerdo en los siguientes puntos:

Nombre e identificación de quienes arriendan el inmueble.

Identificación de la parte del inmueble que se arrienda

Precio y forma de pago.

Relación del pago de servicios públicos.

Término de duración del contrato.

Así mismo, generó formas para resolver incovenientes entre las partes.

«Regula conflictos como el no pago del canon, donde existen nuevos procedimientos en los que el dueño puede recuperar el inmueble en hasta 6 meses, antes ese proceso podía demorar hasta 10 años», dice Monzón.

Por otro lado, se suelen presentar inconvenientes entre el arrendador y el arrendatario a la hora de gestionar una reparación por un daño.

¿Quién responde por los daños en el inmueble en arriendo?

Según el portal inmobiliario FincaRaiz, en la mayoría de los casos es el dueño quien debe responder por los daños.

A excepción de que el daño sea causado por los arrendatarios y constituya una reparación que se da por fuera del uso normal.

Por lo que los expertos recomiendan que, en caso de haber firmado el contrato con una inmobiliaria de por medio, se debe hacer el pedido para que la entidad evalúe el problema, cotice el arreglo y vea quién lo puede solucionar.

“El dueño puede tener un aseguramiento que puede llegar a cubrir algunas de estas reparaciones dependiendo de la póliza”, afirma Monzón.

Para quienes firmaron el contrato de forma directa con el arrendatario, deberán gestionarlo de igual manera.

Finalmente aconsejan que ambas partes se comuniquen antes de firmar el contrato de arrendamiento para evitar a futuro algún tipo de inconveniente.

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